Alcobendas (BOCM-20200929-35)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
1.4. Reserva de plazas: De conformidad con lo establecido en el artículo 42.2 de la
Ley 1/2018, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en las
convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un 20 por 100 de las plazas para
su cobertura por miembros de esta categoría de otros Cuerpos de Policía Local de la región,
acumulándose las plazas no cubiertas por este sistema al resto de las convocadas por turno
libre.
De la convocatoria de 18 de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo público de 2020
del Ayuntamiento de Alcobendas, se ofertan 14 plazas en turno libre, reguladas por las presentes Bases de convocatoria, y se reservan 4 plazas para el turno de movilidad sin ascenso
entre miembros de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid que se convocarán de forma independiente. El número de plazas convocadas en turno libre se incrementará con el número de las plazas que no queden cubiertas por el proceso de movilidad.
1.5. Régimen de incompatibilidades: Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con
el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del propio Ayuntamiento de Alcobendas, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de los/as aspirantes
2.1. Requisitos generales: Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas,
las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de
instancias.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, Técnico o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
e) Carecer de antecedentes penales.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las correspondientes funciones.
h) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos
previstos en la Ley. (Anexo V).
i) Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de
realización de las pruebas físicas, de un certificado médico expedido en impreso
oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias
y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en
las presentes Bases, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla. No
se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. Este
certificado médico no excluye de la obligación de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 3.1 Cuarta, respecto a la cuarta prueba de
la fase de oposición, ni la obligación de comprobación de la talla.
j) Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las
mujeres.
2.2. Plazo: Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el
día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionaria o funcionario de carrera. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas, salvo
el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá acreditarse por las
personas aspirantes antes de la finalización del Curso Selectivo de Formación.
No obstante a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigi-
BOCM-20200929-35
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
1.4. Reserva de plazas: De conformidad con lo establecido en el artículo 42.2 de la
Ley 1/2018, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en las
convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un 20 por 100 de las plazas para
su cobertura por miembros de esta categoría de otros Cuerpos de Policía Local de la región,
acumulándose las plazas no cubiertas por este sistema al resto de las convocadas por turno
libre.
De la convocatoria de 18 de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo público de 2020
del Ayuntamiento de Alcobendas, se ofertan 14 plazas en turno libre, reguladas por las presentes Bases de convocatoria, y se reservan 4 plazas para el turno de movilidad sin ascenso
entre miembros de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid que se convocarán de forma independiente. El número de plazas convocadas en turno libre se incrementará con el número de las plazas que no queden cubiertas por el proceso de movilidad.
1.5. Régimen de incompatibilidades: Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con
el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del propio Ayuntamiento de Alcobendas, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de los/as aspirantes
2.1. Requisitos generales: Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas,
las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de
instancias.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, Técnico o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
e) Carecer de antecedentes penales.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las correspondientes funciones.
h) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos
previstos en la Ley. (Anexo V).
i) Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de
realización de las pruebas físicas, de un certificado médico expedido en impreso
oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias
y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en
las presentes Bases, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla. No
se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. Este
certificado médico no excluye de la obligación de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 3.1 Cuarta, respecto a la cuarta prueba de
la fase de oposición, ni la obligación de comprobación de la talla.
j) Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las
mujeres.
2.2. Plazo: Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el
día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionaria o funcionario de carrera. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas, salvo
el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá acreditarse por las
personas aspirantes antes de la finalización del Curso Selectivo de Formación.
No obstante a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigi-
BOCM-20200929-35
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID