Alicante número 6 (BOCM-20200929-136)
Ejecución 103/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 236

dos favorables que arrojen las cuentas bancarias o cualquier otra posición financiera presente o futura de la parte ejecutada en las entidades de crédito, en cuantía suficiente para
cubrir las cantidades objeto de la presente ejecución.
- Oficíese al Servicio de Indices al objeto de que informen sobre los bienes o derechos
del ejecutado de los que tenga constancia.
3- Procédase a poner en conocimiento del Registro Público Concursal la existencia del
anterior auto por el que se ha despachado la presente ejecución.
4- De conformidad con lo prevenido en el art 274.LRJS, dése traslado al FOGASA y
a la parte actora, para que en el plazo de quince días, pueda designar bienes del ejecutado
que les consten o instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga, a fin de
dictarse por este Juzgado Decreto de Insolvencia.
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que
contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión ante este Juzgado en el plazo de
tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que
la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la
Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25,00 euros en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad Banco Santander con número 0116 0000 65 0498 18 indicando
en el concepto Recurso”.
Y para que sirva de notificación a DENTAL GRUPO HOSPITALARIO ODONTOLOGICO SL, MAXDUELL GRAN SL, WESTON HILL CAPITAL SL, WESTON HILL
INVESTMENT SL, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, SYSTHEX IBERIA
SL, UCS ALDENTE SL, UCSO GESTIONA SL, RANDOM CORP SL, PROYECTO
NEO CONCEPT SL y ICLINIC GESTORIA DENTAL SL que se encuentra en ignorado
paradero, con la advertencia expresa de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de
la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento; expido el presente en Alicante, a dos de septiembre de dos mil veinte.

BOCM-20200929-136

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
(03/21.456/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791