Albacete número 3 (BOCM-20200929-135)
Ejecución 100/2020
3 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 237
currir, en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de lo social número 3 abierta en Banco Santander, cuenta expediente número 0048 0000 66 0100 20 debiendo indicar en el campo
concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria la cuenta sería ES55.0049.3569.9200.05001274 debiendo expresar
como concepto la anterior cuenta expediente, y deberá incluir tras la cuenta referida, separados
por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Quedan exentos de su abono en todo caso,
el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.—El magistrado-juez.—El letrado de la Administración de Justicia”.
“Decreto
La letrada de la Administración de Justicia, doña María Pilar Serrano Molera.—En Albacete, a 24 de julio de 2020.
Parte dispositiva:
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecución la suma de 4.849,03 euros
de principal y otros 823,80 euros en concepto de intereses y costas, acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 LJS y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada
ALB IFACTORY LAB S.L., WESTON HILL CAPITAL SL, WESTON HILL ASSET
MANAGEMENT SL, WESTON HILL INVESTMENTS SL, MAXDUELL GRAN SL,
IFACTORY GLOBAL LAB S.L., I MESETA SUR UNIÓN DENTAL SLU, I MESETA
SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO y ALBACETE DENTAL S.L., dar
audiencia previa a la parte actora y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino
de diez días, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de
acordará lo procedente.
Notifíquese a las ejecutadas por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la
comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando
se trate de emplazamiento.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la
misma a juicio del recurrente. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir
de 25 euros, en la cuenta expediente número 0048 0000 66 0100 20 abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hiciera a través de otra entidad, la cuenta sería
ES55.0049.3569.9200.05001274 indicando en el campo Concepto el número de Cuenta
Expediente arriba reseñado. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida
del “código 30 Social-Reposición”.—La letrada de la Administración de Justicia”.
BOCM-20200929-135
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en
el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las
partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo
deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 237
currir, en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de lo social número 3 abierta en Banco Santander, cuenta expediente número 0048 0000 66 0100 20 debiendo indicar en el campo
concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria la cuenta sería ES55.0049.3569.9200.05001274 debiendo expresar
como concepto la anterior cuenta expediente, y deberá incluir tras la cuenta referida, separados
por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Quedan exentos de su abono en todo caso,
el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.—El magistrado-juez.—El letrado de la Administración de Justicia”.
“Decreto
La letrada de la Administración de Justicia, doña María Pilar Serrano Molera.—En Albacete, a 24 de julio de 2020.
Parte dispositiva:
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecución la suma de 4.849,03 euros
de principal y otros 823,80 euros en concepto de intereses y costas, acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 LJS y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada
ALB IFACTORY LAB S.L., WESTON HILL CAPITAL SL, WESTON HILL ASSET
MANAGEMENT SL, WESTON HILL INVESTMENTS SL, MAXDUELL GRAN SL,
IFACTORY GLOBAL LAB S.L., I MESETA SUR UNIÓN DENTAL SLU, I MESETA
SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO y ALBACETE DENTAL S.L., dar
audiencia previa a la parte actora y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino
de diez días, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de
acordará lo procedente.
Notifíquese a las ejecutadas por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la
comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando
se trate de emplazamiento.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la
misma a juicio del recurrente. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir
de 25 euros, en la cuenta expediente número 0048 0000 66 0100 20 abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hiciera a través de otra entidad, la cuenta sería
ES55.0049.3569.9200.05001274 indicando en el campo Concepto el número de Cuenta
Expediente arriba reseñado. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida
del “código 30 Social-Reposición”.—La letrada de la Administración de Justicia”.
BOCM-20200929-135
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en
el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las
partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo
deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.