D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20200929-17)
Convenio – Convenio de colaboración de 17 de septiembre de 2020, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda y Administración Local) y la Federación de Municipios de Madrid para el funcionamiento y actividades de la Federación correspondiente al año 2020
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 68
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
el funcionamiento y actividades de la FMM correspondientes al año 2020, según se expresa en la cláusula primera.
Séptimo
Comisión de seguimiento
Una Comisión de Seguimiento del Convenio formada por dos representantes designados por la Dirección General de Administración Local y dos representantes de la FMM, designados por su Presidente, se encargará de velar por el cumplimiento de los términos establecidos en el presente Convenio. En todo caso, el funcionamiento de la Comisión deberá
ajustarse a lo dispuesto en la Sección 3.a Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas”, del Capítulo II “De los órganos de las Administraciones Públicas”, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octavo
Régimen jurídico
BOCM-20200929-17
Para cualquier cuestión litigiosa que pudiera derivarse del incumplimiento o interpretación del alcance, objeto y contenido de este Convenio, las partes se someterán a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa competente.
En prueba de conformidad, firman ambas partes el presente Convenio de Colaboración
por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, quedando un ejemplar
en poder de cada una de las partes.
Madrid, a 17 de septiembre de 2020.—En representación de la Comunidad de Madrid,
el Consejero de Vivienda y Administración Local, David Pérez García.—En representación
de la Federación de Municipios de Madrid, el Presidente de la Federación de Municipios de
Madrid, Guillermo Hita Téllez.
(03/23.667/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 68
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 236
el funcionamiento y actividades de la FMM correspondientes al año 2020, según se expresa en la cláusula primera.
Séptimo
Comisión de seguimiento
Una Comisión de Seguimiento del Convenio formada por dos representantes designados por la Dirección General de Administración Local y dos representantes de la FMM, designados por su Presidente, se encargará de velar por el cumplimiento de los términos establecidos en el presente Convenio. En todo caso, el funcionamiento de la Comisión deberá
ajustarse a lo dispuesto en la Sección 3.a Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas”, del Capítulo II “De los órganos de las Administraciones Públicas”, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octavo
Régimen jurídico
BOCM-20200929-17
Para cualquier cuestión litigiosa que pudiera derivarse del incumplimiento o interpretación del alcance, objeto y contenido de este Convenio, las partes se someterán a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa competente.
En prueba de conformidad, firman ambas partes el presente Convenio de Colaboración
por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, quedando un ejemplar
en poder de cada una de las partes.
Madrid, a 17 de septiembre de 2020.—En representación de la Comunidad de Madrid,
el Consejero de Vivienda y Administración Local, David Pérez García.—En representación
de la Federación de Municipios de Madrid, el Presidente de la Federación de Municipios de
Madrid, Guillermo Hita Téllez.
(03/23.667/20)
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ISSN 1989-4791