Madrid número 9 (BOCM-20200708-107)
Procedimiento 704/2018
3 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 164
Igualmente, y para cumplir la normativa de seguridad para las partes y el personal de los
Juzgados, referida en el anterior, se comunica a las partes que el tiempo estimado en este procedimiento para la identificación de las partes, acto de conciliación previa ante esta LAJ y la
celebración del acto de juicio es de una hora de duración, que no podrá superarse con carácter
general a fin de garantizar la distancia social, y evitar el cruce de ciudadanos en el edificio.
El artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social dispone que “De oficio
o a petición de parte, podrá requerirse el previo traslado entre las partes o la aportación anticipada, en soporte preferiblemente informático, con cinco días de antelación al acto de juicio, de la prueba documental o pericial que, por su volumen o complejidad, sea conveniente posibilitar su examen previo al momento de la práctica de la prueba”.
De conformidad con ese precepto y a fin de permitir la más ágil celebración del juicio
así como su tramitación telemática cuando ello resulte factible, se requiere a las partes para
que con una antelación mínima de 5 días al acto del juicio aporten la totalidad de la prueba
documental y pericial de la que pretendan valerse, en soporte preferiblemente informático.
Por último se hace saber a las partes, que de llegar a un acuerdo extrajudicial, podrá el
mismo ser aprobado por el LAJ conforme al art.84.2 LJS, debiéndose presentar tal acuerdo
debidamente firmado por las actuantes con certificado digital en todas las páginas del mismo debiendo ir acompañado de los oportunos poderes y copias de los DNI y tarjetas identificativas como profesionales colegiados, en caso contrario serán citados para ratificación.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
PERSONA QUE SE CITA
ASOCIACION MADRILEÑA DE FABRICANTES DE HORMIGON Y MORTERO
EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,
RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D./Dña. JOSE LUIS MARTINEZ TEJERO SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO
Y QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, SALA
DE VISTAS Nº FI1, UBICADA EN LA PLANTA 3 EL DÍA 25/11/2020, A LAS
12:00 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES
1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse
(Art. 82.2 LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
BOCM-20200708-107
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 164
Igualmente, y para cumplir la normativa de seguridad para las partes y el personal de los
Juzgados, referida en el anterior, se comunica a las partes que el tiempo estimado en este procedimiento para la identificación de las partes, acto de conciliación previa ante esta LAJ y la
celebración del acto de juicio es de una hora de duración, que no podrá superarse con carácter
general a fin de garantizar la distancia social, y evitar el cruce de ciudadanos en el edificio.
El artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social dispone que “De oficio
o a petición de parte, podrá requerirse el previo traslado entre las partes o la aportación anticipada, en soporte preferiblemente informático, con cinco días de antelación al acto de juicio, de la prueba documental o pericial que, por su volumen o complejidad, sea conveniente posibilitar su examen previo al momento de la práctica de la prueba”.
De conformidad con ese precepto y a fin de permitir la más ágil celebración del juicio
así como su tramitación telemática cuando ello resulte factible, se requiere a las partes para
que con una antelación mínima de 5 días al acto del juicio aporten la totalidad de la prueba
documental y pericial de la que pretendan valerse, en soporte preferiblemente informático.
Por último se hace saber a las partes, que de llegar a un acuerdo extrajudicial, podrá el
mismo ser aprobado por el LAJ conforme al art.84.2 LJS, debiéndose presentar tal acuerdo
debidamente firmado por las actuantes con certificado digital en todas las páginas del mismo debiendo ir acompañado de los oportunos poderes y copias de los DNI y tarjetas identificativas como profesionales colegiados, en caso contrario serán citados para ratificación.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
PERSONA QUE SE CITA
ASOCIACION MADRILEÑA DE FABRICANTES DE HORMIGON Y MORTERO
EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,
RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D./Dña. JOSE LUIS MARTINEZ TEJERO SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO
Y QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, SALA
DE VISTAS Nº FI1, UBICADA EN LA PLANTA 3 EL DÍA 25/11/2020, A LAS
12:00 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES
1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse
(Art. 82.2 LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
BOCM-20200708-107
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID