B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20200708-8)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 18 de junio de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación provisional de excluidos y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020

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las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener
el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen (uso de atril, traductor de lenguaje de
signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros, ampliación del tiempo de duración del
ejercicio en “x” minutos, etc.).
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Sexto
Aquellos aspirantes que estimen oportuno modificar la elección inicial de el/los idiomas que, en su caso, hubiesen realizado en su solicitud, habrán de cumplimentar el apartado cuarto del impreso de subsanación, marcando el/los idiomas por el/los que opten, entendiéndose esta última elección, a todos los efectos, como el/los idiomas definitivos para la
celebración del cuarto ejercicio.
Séptimo

BOCM-20200708-8

De no realizarse por los interesados la/s subsanación/es correspondiente/s en el plazo
y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos previstos,
se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
En el caso de aquellos aspirantes que deban aportar la documentación acreditativa de
la necesidad de la/s adaptación/es solicitadas, la no presentación de la documentación requerida en el plaza indicado, dará lugar a que se les tenga por desistidos de su solicitud de
adaptación.
Madrid, a 18 de junio de 2020.—La Directora General de Función Pública, María José
Esteban Raposo.