B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20200708-8)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 18 de junio de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación provisional de excluidos y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 164
de documentación acreditativa de la necesidad de la/s adaptación/es solicitadas, en su caso,
y la no inclusión en la relación de aspirantes que hubieran solicitado la/s misma/s.
1. La subsanación de defectos y/o causas de exclusión y/o la aportación de la documentación acreditativa, se realizará mediante el impreso que, a tal efecto, se incorpora a esta
Resolución, y en los términos establecidos en el mismo, pudiendo cumplimentarse de forma
manual, o por medios electrónicos accediendo al mismo a través de: http://www.comunidad.
madrid/servicios/empleo/prevencion-riesgos-laborales-a1-2019, en la sección “Listados de
admitidos y excluidos”.
2. El impreso de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su
caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública de la Consejería
de Hacienda y Función Pública, debiendo ser presentados en cualquiera de los lugares y formas que se indican a continuación:
a) El impreso cumplimentado por medios electrónicos podrá presentarse por Internet, utilizando el formulario disponible en www.comunidad.madrid, de conformidad con lo
establecido en el punto 1 de este apartado quinto, anexándose al mismo, en el momento de su presentación, la documentación justificativa que, en su caso, hubiera de aportarse. La presentación podrá realizarse en el registro electrónico de la Comunidad de
Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración
Pública, según lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro
sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los
términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
De no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran
cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el
documento obtenido, y presentarlo, junto con la documentación que, en su caso,
proceda, en alguno de los lugares que se relacionan seguidamente en la letra b).
b) El impreso cumplimentado de forma manual, junto con la documentación correspondiente, serán presentados en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, según indica el apartado primero, o en alguno de los demás
lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto,
con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha
Entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección
General de Función Pública de Consejería de Hacienda y Función Pública, (C/ Los
Madrazo, número 34, 28014 Madrid).
3. Los aspirantes que hubieran de subsanar deberán indicar la causa de exclusión que
les resulte aplicable y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para
la subsanación.
4. Aquellos aspirantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos habrán de marcar la causa identificada con el código “S” del modelo de subsanación,
acompañando al mismo, copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 1791/2019, de 30 de mayo.
5. Los aspirantes que hayan solicitado adaptación/es y no figuren en el Anexo II, así
como aquellos que deban subsanar su solicitud, deberán marcar la casilla correspondiente
del impreso de subsanación y adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un
Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano
técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:
1.o Necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s.
2.o Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de
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de documentación acreditativa de la necesidad de la/s adaptación/es solicitadas, en su caso,
y la no inclusión en la relación de aspirantes que hubieran solicitado la/s misma/s.
1. La subsanación de defectos y/o causas de exclusión y/o la aportación de la documentación acreditativa, se realizará mediante el impreso que, a tal efecto, se incorpora a esta
Resolución, y en los términos establecidos en el mismo, pudiendo cumplimentarse de forma
manual, o por medios electrónicos accediendo al mismo a través de: http://www.comunidad.
madrid/servicios/empleo/prevencion-riesgos-laborales-a1-2019, en la sección “Listados de
admitidos y excluidos”.
2. El impreso de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su
caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública de la Consejería
de Hacienda y Función Pública, debiendo ser presentados en cualquiera de los lugares y formas que se indican a continuación:
a) El impreso cumplimentado por medios electrónicos podrá presentarse por Internet, utilizando el formulario disponible en www.comunidad.madrid, de conformidad con lo
establecido en el punto 1 de este apartado quinto, anexándose al mismo, en el momento de su presentación, la documentación justificativa que, en su caso, hubiera de aportarse. La presentación podrá realizarse en el registro electrónico de la Comunidad de
Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración
Pública, según lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro
sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los
términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
De no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran
cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el
documento obtenido, y presentarlo, junto con la documentación que, en su caso,
proceda, en alguno de los lugares que se relacionan seguidamente en la letra b).
b) El impreso cumplimentado de forma manual, junto con la documentación correspondiente, serán presentados en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, según indica el apartado primero, o en alguno de los demás
lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto,
con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha
Entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección
General de Función Pública de Consejería de Hacienda y Función Pública, (C/ Los
Madrazo, número 34, 28014 Madrid).
3. Los aspirantes que hubieran de subsanar deberán indicar la causa de exclusión que
les resulte aplicable y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para
la subsanación.
4. Aquellos aspirantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos habrán de marcar la causa identificada con el código “S” del modelo de subsanación,
acompañando al mismo, copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 1791/2019, de 30 de mayo.
5. Los aspirantes que hayan solicitado adaptación/es y no figuren en el Anexo II, así
como aquellos que deban subsanar su solicitud, deberán marcar la casilla correspondiente
del impreso de subsanación y adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un
Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano
técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:
1.o Necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s.
2.o Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de
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