Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20200707-34)
Secretaría de Estado de Energía. Autorización administrativa
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 163

RESUELVE
Primero
Otorgar a Red Eléctrica de España, S. A. U., autorización administrativa del proyecto
“Línea Aérea de Transporte de Energía Eléctrica a 400 kV, Doble Circuito, de Entrada y
Salida en la Subestación de San Fernando de Henares de la Línea Estación Terminal Morata 1-Morata”, en el término municipal de San Fernando de Henares, provincia de Madrid,
cuyas características principales son:
— Sistema: Corriente alterna trifásica.
— Frecuencia: 50 Hz.
— Tensión nominal: 400 kV.
— Tensión más elevada de la red: 420 kV.
— Número de circuitos: 2.
— Número de conductores por fase: 2.
— Tipo de conductor: CARDINAL AW.
— Origen de la línea de alta tensión: Apoyo entronque T-60.
— Final de la línea de alta tensión: S. E. San Fernando.
— Longitud: 0,921 km.
— Provincia afectada: Madrid (0,921 km).
— Término Municipal afectado: San Fernando de Henares.
Segundo
Aprobar a Red Eléctrica de España, S. A. U., el proyecto de ejecución de la “Línea
Aérea de Transporte de Energía Eléctrica a 400 kV, Doble Circuito, de Entrada y Salida en
la Subestación de San Fernando de Henares de la Línea Estación Terminal Morata 1-Morata”, en las condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente Resolución.
Tercero
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la “Línea Aérea de Transporte de Energía
Eléctrica a 400 kV, Doble Circuito, de Entrada y Salida en la Subestación de San Fernando de Henares de la Línea Estación Terminal Morata 1-Morata”, a los efectos previstos en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el
artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Secretaria de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir
del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Madrid, a 2 de junio de 2020.—La Directora General, María Jesús Martín Martínez.

La aprobación del proyecto de ejecución se concede, de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:
1.a Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se
soliciten y autoricen.
2.a El titular de la instalación debe garantizar que se da cumplimiento a todos los
condicionados recogidos en la Resolución de 4 de noviembre de 2019 la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental formula declaración de impacto ambiental del
proyecto “Subestación San Fernando 400/220 kV, Línea 400 kV E/S San Fernando-L/
Estación Terminal Morata 1-Morata, Conexión 220 kV E/S San Fernando-L/FuentecillaArdoz y Conexión 220 kV San Fernando-Puente de San Fernando”, tanto durante la fase de
ejecución como en la de explotación del proyecto.
3.a El plazo para la emisión de la Autorización de Explotación será de veinticuatro
meses, contados a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente Resolución.
4.a El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras
al Órgano competente provincial, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la
Autorización de Explotación.

BOCM-20200707-34

ANEXO