Colmenarejo (BOCM-20200706-53)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Decreto de delegación de competencias de limpieza viaria en don Luis Gabriel Gómez
de Agüero Hormaza.
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019 y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28
de noviembre de 1986, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta Alcaldía-Presidencia, con fecha 9 de agosto
de 2019, resolvió designar los concejales titulares de las Concejalías, Servicios o Áreas a
los que se les encomienda la dirección de un Área, Concejalía o Servicio, y las atribuciones
y competencias en la forma que se expresa en la resolución de dicha fecha.
Visto que con fecha 21 de mayo de 2020, con Registro General de Entrada números 2516/2020 y 2519/2020, por don Antonio Sánchez Aguilar y don Fernando Arribas Portugués, respectivamente, mediante los cuales presentan, ateniéndose a lo dispuesto en artículo 43 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Colmenarejo y el
correspondiente 120, 2.a), del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, renuncia a las competencias y atribuciones otorgadas por los decretos de delegación de competencias señalados anteriormente.
Vista la resolución de Alcaldía de fecha 25 de mayo de 2020, número 608/2020, por
la que se revoca la delegación de competencias en materia de limpieza diaria, entre otras,
antes delegadas en el concejal don Antonio Sánchez Aguilar.
Visto que es necesario por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, para dar un nuevo impulso y dinamismo a la actividad municipal por la Alcaldía, delegar la competencia en materia de limpieza viaria, en el concejal don Luis María Gabriel Gómez de Agüero Hormaza, primer teniente de alcalde y concejal-delegado de
Urbanismo, Obras y Servicios, Patrimonio, Personal y Régimen Interno, Informática y
Administración Electrónica.
Considerando que la delegación de competencias no supone alteración en la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada
caso se prevén, y que es irrenunciable por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Designar al concejal don Luis María Gabriel Gómez de Agüero Hormaza
concejal-delegado en materia de limpieza viaria.
Segundo.—Delegar, con carácter general, en el concejal-delegado en el ámbito de su
competencia el ejercicio de:
1. Efectuar contrataciones cuyo importe no supere los límites establecidos para los
contratos menores en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 o norma que
la sustituya.
BOCM-20200706-53
RESUELVO
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Decreto de delegación de competencias de limpieza viaria en don Luis Gabriel Gómez
de Agüero Hormaza.
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019 y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28
de noviembre de 1986, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta Alcaldía-Presidencia, con fecha 9 de agosto
de 2019, resolvió designar los concejales titulares de las Concejalías, Servicios o Áreas a
los que se les encomienda la dirección de un Área, Concejalía o Servicio, y las atribuciones
y competencias en la forma que se expresa en la resolución de dicha fecha.
Visto que con fecha 21 de mayo de 2020, con Registro General de Entrada números 2516/2020 y 2519/2020, por don Antonio Sánchez Aguilar y don Fernando Arribas Portugués, respectivamente, mediante los cuales presentan, ateniéndose a lo dispuesto en artículo 43 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Colmenarejo y el
correspondiente 120, 2.a), del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, renuncia a las competencias y atribuciones otorgadas por los decretos de delegación de competencias señalados anteriormente.
Vista la resolución de Alcaldía de fecha 25 de mayo de 2020, número 608/2020, por
la que se revoca la delegación de competencias en materia de limpieza diaria, entre otras,
antes delegadas en el concejal don Antonio Sánchez Aguilar.
Visto que es necesario por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, para dar un nuevo impulso y dinamismo a la actividad municipal por la Alcaldía, delegar la competencia en materia de limpieza viaria, en el concejal don Luis María Gabriel Gómez de Agüero Hormaza, primer teniente de alcalde y concejal-delegado de
Urbanismo, Obras y Servicios, Patrimonio, Personal y Régimen Interno, Informática y
Administración Electrónica.
Considerando que la delegación de competencias no supone alteración en la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada
caso se prevén, y que es irrenunciable por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Designar al concejal don Luis María Gabriel Gómez de Agüero Hormaza
concejal-delegado en materia de limpieza viaria.
Segundo.—Delegar, con carácter general, en el concejal-delegado en el ámbito de su
competencia el ejercicio de:
1. Efectuar contrataciones cuyo importe no supere los límites establecidos para los
contratos menores en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 o norma que
la sustituya.
BOCM-20200706-53
RESUELVO