C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20200706-30)
Bases ayudas – Orden 440/2020, de 23 de junio, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas audiovisuales para el desarrollo de producciones audiovisuales en la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 208
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogada la Orden 2900/2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 6 de septiembre) de 1 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia
y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas productoras cinematográficas para el desarrollo de proyectos de largometraje.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Aplicación, interpretación y habilitación
Se faculta al titular de la Dirección General al que estén atribuidas las competencias en
materia de actividades audiovisuales para la aplicación e interpretación de lo dispuesto en la
presente Orden, así como para dictar los actos e instrucciones, en cuestiones secundarias y
puramente operativas, que sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de junio de 2020.
La Consejera de Cultura y Turismo,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ
BOCM-20200706-30
(03/14.857/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 208
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogada la Orden 2900/2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 6 de septiembre) de 1 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia
y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas productoras cinematográficas para el desarrollo de proyectos de largometraje.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Aplicación, interpretación y habilitación
Se faculta al titular de la Dirección General al que estén atribuidas las competencias en
materia de actividades audiovisuales para la aplicación e interpretación de lo dispuesto en la
presente Orden, así como para dictar los actos e instrucciones, en cuestiones secundarias y
puramente operativas, que sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de junio de 2020.
La Consejera de Cultura y Turismo,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ
BOCM-20200706-30
(03/14.857/20)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791