Albacete número 3 (BOCM-20200703-148)
Ejecución 32/2020
3 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 3 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 160
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito
para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 3
abierta en Banco Santander, cuenta expediente n.º 0048 0000 66 0032 20 debiendo indicar
en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso
se hace mediante transferencia bancaria la cuenta sería ES55.0049.3569.9200.0500.1274
debiendo expresar como concepto la anterior cuenta expediente, y deberá incluir tras la
cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.—EL/LA MAGISTRADO-JUEZ.-EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”.
“DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia DON FRANCISCO GÓMEZ NOVA.-En Albacete, a 15 de junio de 2020.
PARTE DISPOSITIVA
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecución la suma de 6.215,74 euros de
principal y otros 932,36 euros en concepto de intereses y costas, acuerdo en cumplimiento del
requisito que se contiene en el artículo 276.3 LJS y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada ALB IFACTORY LAB, S. L., WESTON HILL ASSET MANAGEMENT, S. L., I MESETA SUR
UNIÓN DENTAL, S. L. U., IFACTORY GLOBAL LAB, S. L., I MESETA SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S. L., WESTON HILL INVESTMENTS, S. L., y
WESTON HILL CAPITAL, S. L., dar audiencia previa a la parte actora y al FONDO DE
GARANTÍA SALARIAL, por termino de diez días, para que puedan señalar la existencia
de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.
Notifíquese a las ejecutadas por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la
comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando
se trate de emplazamiento.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en
el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las
partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo
deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a
la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del
recurrente. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen
público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta expediente n.º 0048 0000 66 0032 20 abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el
campo concepto, la indicación recurso seguida del código “30 Social- Reposición”. Si el ingreso se hiciera a través de otra entidad, la cuenta sería ES55.0049.3569.9200.05001274 indicando en el campo Concepto el número de Cuenta Expediente arriba reseñado. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 30 Social- Reposición”.
BOCM-20200703-148
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 160
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito
para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 3
abierta en Banco Santander, cuenta expediente n.º 0048 0000 66 0032 20 debiendo indicar
en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso
se hace mediante transferencia bancaria la cuenta sería ES55.0049.3569.9200.0500.1274
debiendo expresar como concepto la anterior cuenta expediente, y deberá incluir tras la
cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.—EL/LA MAGISTRADO-JUEZ.-EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”.
“DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia DON FRANCISCO GÓMEZ NOVA.-En Albacete, a 15 de junio de 2020.
PARTE DISPOSITIVA
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecución la suma de 6.215,74 euros de
principal y otros 932,36 euros en concepto de intereses y costas, acuerdo en cumplimiento del
requisito que se contiene en el artículo 276.3 LJS y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada ALB IFACTORY LAB, S. L., WESTON HILL ASSET MANAGEMENT, S. L., I MESETA SUR
UNIÓN DENTAL, S. L. U., IFACTORY GLOBAL LAB, S. L., I MESETA SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S. L., WESTON HILL INVESTMENTS, S. L., y
WESTON HILL CAPITAL, S. L., dar audiencia previa a la parte actora y al FONDO DE
GARANTÍA SALARIAL, por termino de diez días, para que puedan señalar la existencia
de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.
Notifíquese a las ejecutadas por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la
comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando
se trate de emplazamiento.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en
el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las
partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo
deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a
la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del
recurrente. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen
público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta expediente n.º 0048 0000 66 0032 20 abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el
campo concepto, la indicación recurso seguida del código “30 Social- Reposición”. Si el ingreso se hiciera a través de otra entidad, la cuenta sería ES55.0049.3569.9200.05001274 indicando en el campo Concepto el número de Cuenta Expediente arriba reseñado. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 30 Social- Reposición”.
BOCM-20200703-148
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID