D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20200702-19)
Convenio – Convenio de 10 de junio de 2020, de transferencia y financiación entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Leganés en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento sobre la prestación del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamentos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 78
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
Décima segunda
Modificación e incidencia de las reformas legales
El presente convenio podrá revisarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas partes mediante
una adenda de modificación a este Convenio o nuevo Convenio.
Décima tercera
Recuperación del servicio de prevención y extinción de incendios
En caso de que el Ayuntamiento de Leganés recuperase para sí el servicio de extinción
de incendios, dicha Corporación deberá compensar a la Comunidad de Madrid por la totalidad de los gastos derivados de la reestructuración del servicio en los términos que establece el artículo 31.5 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
Décima cuarta
Protección de datos
El tratamiento de los datos personales a que dé lugar la ejecución de este convenio se realizará por parte de sus responsables con sometimiento estricto al Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales
y garantía de los derechos digitales y a la normativa vigente que le sea de aplicación en materia de protección de datos.
Los firmantes del presente convenio suscribirán así mismo, con anterioridad a su entrada en vigor, un acuerdo de comunicación de datos personales que facilitará el Ayuntamiento de Leganés a la Comunidad de Madrid, en el que constarán las características de
los datos que se comunican, la finalidad para la que se comunican y la legitimación jurídica con la que comunican para el inicio de su tratamiento durante el período transitorio previsto en la cláusula novena.
La forma de acceso a los datos de carácter personal se realizará mediante una remisión
en soporte físico (papel y electrónico), con constancia mediante su registrado de salida, de
los datos de aquel personal funcionario adscrito al Servicio de extinción de incendios de Leganés que, con carácter voluntario, haya manifestado de forma expresa su intención de ser
transferido e integrado en la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Una vez hecho efectivo el traspaso de los medios personales y cumpliendo siempre
con las previsiones legales que exigieran su conservación, los datos de carácter personal serán tratados por parte de la Comunidad de Madrid como responsable de tratamiento dentro
de las actividades de tratamiento “Gestión de Emergencia SITREM Cuerpo de Bomberos”
y SIRIUS, manteniendo el Ayuntamiento de Leganés estos datos bloqueados a los efectos
de dar cumplimiento a posibles reclamaciones o exigencias legales.
Décima quinta
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por las disposiciones de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todas aquellas discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio deberán solventarse por la Comisión Mixta de Seguimiento del presente convenio.
En caso de que no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
En prueba de conformidad se firma el presente Convenio en el lugar y fechas indicados.
Madrid, a 10 de junio de 2020.—La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel
Díaz Ayuso; el alcalde de Leganés, Santiago Llorente Gutiérrez.
BOCM-20200702-19
Régimen jurídico y jurisdicción
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 78
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
Décima segunda
Modificación e incidencia de las reformas legales
El presente convenio podrá revisarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas partes mediante
una adenda de modificación a este Convenio o nuevo Convenio.
Décima tercera
Recuperación del servicio de prevención y extinción de incendios
En caso de que el Ayuntamiento de Leganés recuperase para sí el servicio de extinción
de incendios, dicha Corporación deberá compensar a la Comunidad de Madrid por la totalidad de los gastos derivados de la reestructuración del servicio en los términos que establece el artículo 31.5 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
Décima cuarta
Protección de datos
El tratamiento de los datos personales a que dé lugar la ejecución de este convenio se realizará por parte de sus responsables con sometimiento estricto al Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales
y garantía de los derechos digitales y a la normativa vigente que le sea de aplicación en materia de protección de datos.
Los firmantes del presente convenio suscribirán así mismo, con anterioridad a su entrada en vigor, un acuerdo de comunicación de datos personales que facilitará el Ayuntamiento de Leganés a la Comunidad de Madrid, en el que constarán las características de
los datos que se comunican, la finalidad para la que se comunican y la legitimación jurídica con la que comunican para el inicio de su tratamiento durante el período transitorio previsto en la cláusula novena.
La forma de acceso a los datos de carácter personal se realizará mediante una remisión
en soporte físico (papel y electrónico), con constancia mediante su registrado de salida, de
los datos de aquel personal funcionario adscrito al Servicio de extinción de incendios de Leganés que, con carácter voluntario, haya manifestado de forma expresa su intención de ser
transferido e integrado en la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Una vez hecho efectivo el traspaso de los medios personales y cumpliendo siempre
con las previsiones legales que exigieran su conservación, los datos de carácter personal serán tratados por parte de la Comunidad de Madrid como responsable de tratamiento dentro
de las actividades de tratamiento “Gestión de Emergencia SITREM Cuerpo de Bomberos”
y SIRIUS, manteniendo el Ayuntamiento de Leganés estos datos bloqueados a los efectos
de dar cumplimiento a posibles reclamaciones o exigencias legales.
Décima quinta
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por las disposiciones de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todas aquellas discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio deberán solventarse por la Comisión Mixta de Seguimiento del presente convenio.
En caso de que no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
En prueba de conformidad se firma el presente Convenio en el lugar y fechas indicados.
Madrid, a 10 de junio de 2020.—La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel
Díaz Ayuso; el alcalde de Leganés, Santiago Llorente Gutiérrez.
BOCM-20200702-19
Régimen jurídico y jurisdicción