D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20200702-19)
Convenio –  Convenio de 10 de junio de 2020, de transferencia y financiación entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Leganés en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento sobre la prestación del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamentos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 159

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

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El servicio médico del Cuerpo de bomberos de la Comunidad de Madrid estudiará las
necesidades de dicho trabajador. El Servicio operativo, a partir de la información aportada por
el servicio médico propondrá al trabajador un catálogo de puestos de trabajo adaptado a sus
necesidades, cuando corresponda.
25) Todos los trabajadores transferidos del Servicio de Extinción de Incendios de Leganés,
participaran en el año 2020 de forma obligatoria en los reconocimientos médicos y físicos que
se indiquen en su cuadrante, al igual que el resto de funcionarios del Cuerpo de Bomberos de
la Comunidad de Madrid.
26) Todos los trabajadores transferidos del Servicio de Extinción de Incendios de Leganés
disfrutaran, a partir de la fecha de integración, del seguro de vida y accidentes vigentes, abono
transporte o compensación económica equivalente, dietas establecidas, en las mismas
condiciones que el resto de los funcionarios del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de
Madrid.
27) A modo informativo se hace referencia a la imposibilidad de obtener autorización para permutas
a otros servicios de bomberos desde el momento en que se haga efectivo el traspaso.
28) A partir de la fecha de integración, el parque de bomberos de Leganés tendrá asignado un Jefe
Supervisor con funciones de Jefe de Parque. Como apoyo al Jefe de Parque, se ve
conveniente la asignación de un administrativo con conocimiento en la organización del parque
de bomberos de Leganés, a partir de la fecha de inicio efectiva de integración hasta la total
implantación de la integración.
29) Toda solicitud de informe referido a intervenciones del Servicio de extinción de incendios de
Leganés anteriores a la entrada en vigor del presente convenio deberá ser atendida por el
Ayuntamiento de Leganés.

BOCM-20200702-19

(03/13.883/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791