A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20200701-1)
Plazos presentación tributos – Orden de 24 de junio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se deja sin efectos la Orden de 26 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 158
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
Pág. 11
y el artículo 52.2 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en
materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 21
de octubre, del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Artículo único
Pérdida de efectos de la ampliación de los plazos para la presentación de declaraciones
y de autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid
La ampliación de plazos para la presentación de declaraciones y de autoliquidaciones
de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid establecida en la Orden de 26 de
marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los
plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, no será aplicable a las declaraciones y autoliquidaciones
correspondientes a hechos imponibles que se realicen con posterioridad a la entrada en vigor de esta Orden.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogada la Orden de 26 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 24 de junio de 2020.
CIAL DE LA
El Consejero de Hacienda y Función Pública,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
BOCM-20200701-1
(03/14.666/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 158
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
Pág. 11
y el artículo 52.2 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en
materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 21
de octubre, del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Artículo único
Pérdida de efectos de la ampliación de los plazos para la presentación de declaraciones
y de autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid
La ampliación de plazos para la presentación de declaraciones y de autoliquidaciones
de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid establecida en la Orden de 26 de
marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los
plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, no será aplicable a las declaraciones y autoliquidaciones
correspondientes a hechos imponibles que se realicen con posterioridad a la entrada en vigor de esta Orden.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogada la Orden de 26 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 24 de junio de 2020.
CIAL DE LA
El Consejero de Hacienda y Función Pública,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
BOCM-20200701-1
(03/14.666/20)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791