C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20200701-20)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 969/2020, de 18 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se convocan para el año 2020 las ayudas para financiar la incorporación de jóvenes agricultores y sus inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 158

MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020

Pág. 121

Sexto
Información complementaria
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital con cargo al programa 411A, subconcepto 77306, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid por importe de 900.000 euros para el año 2020, 1.000.000 de euros
para el año 2021 y 900.000 euros para el año 2022, de la siguiente manera:
Cód.
TOP

Denominación TOP

2020

4.1.4

Ayudas a inversiones de jóvenes agricultores que se instalan por primera vez

6.1.1

Ayudas a la incorporación de jóvenes agricultores
Total

2021

2022

0

1.000.000

0

900.000

0

900.000

900.000

1.000.000

900.000

Las ayudas recogidas en esta Orden serán cofinanciadas como se indica en el cuadro
siguiente:
T.O.P.

Cofinanciación FEADER (%)

4.1.4

53,00

Cofinanciación AGE (%)
14,10

6.1.1

80,00

6,00

En caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al crédito inicialmente aprobado para el tipo de operación 4.1.4 “Ayudas a inversiones de jóvenes agricultores que se instalan por primera vez”, se podrá disponer de una cuantía adicional
de 500.000 euros, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en
el 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en su caso, en la Ley anual
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
La efectividad de la misma queda condicionada a la declaración de disponibilidad del
crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
En Madrid, a 18 de junio de 2020.
La Consejera de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
PALOMA MARTÍN MARTÍN

BOCM-20200701-20

(03/14.326/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791