C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20200630-19)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 18 de junio de 2020, de encomienda de gestión entre el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación de Investigación Biomédica del Hospital “Gregorio Marañón” en materia de gestión de los fondos procedentes del Ministerio de Sanidad destinados al Abordaje Diagnóstico de las Enfermedades Neuromusculares Degenerativas mediante el estudio de marcadores genéticos por secuenciación de exoma (NGS, next-generation sequencing)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE JUNIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 157

— Facilitar toda la información técnica y administrativa que resulte precisa para convocar los expedientes de contratación para la adquisición de bienes y/o servicios.
o
4. Presupuesto y pago.—El presupuesto que actualmente se destina al objeto de la
encomienda procede de los fondos asignados a la Comunidad de Madrid por el Ministerio
de Sanidad en el año 2019, en relación con el Proyecto “Abordaje diagnóstico de las enfermedades neuromusculares degenerativas mediante el estudio de marcadores genéticos por secuenciación de exoma (NGS next-generation sequencing)”, incluido dentro de
las actuaciones aprobadas para financiación dentro de las Estrategias en Enfermedades
Neurodegenerativas (incluido ELA) y que, para dicho ejercicio, asciende a la cantidad
de 50.139,63 euros.
En todo caso, la aportación de los fondos a la entidad encomendada estará sujeta a la
disposición efectiva de los mismos por parte del Servicio Madrileño de Salud.
5.o Seguimiento y evaluación.—El Servicio Madrileño de Salud se encargará de realizar periódicamente el seguimiento y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados por el Ministerio de Sanidad.
6.o Regularización.—Las partes reconocen expresamente la imposibilidad de predeterminar desde el inicio el número total, así como el detalle, de las actuaciones, recursos
materiales y humanos que deberán aplicarse para lograr el objeto de la encomienda, por lo
que, a la finalización del programa nacional, se regularizarán todas las actividades realizadas, incluidas las que, inicialmente no previstas, resulten imprescindibles de ejecutar para
cumplir con el objeto encomendado, para actuaciones a realizar durante los ejercicios contables en los que este plan nacional será financiado, de conformidad con lo indicado en los
fondos que se asignen por el Ministerio de Sanidad, para el desarrollo total del proyecto.
7.o Protección de datos y confidencialidad.—Las partes firmantes se comprometen
a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales , así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la normativa nacional que lo desarrolle.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de esta encomienda
de gestión, salvo aquella información que deba ser publica según lo establecido en la
Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, y la 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos I y II de
este Convenio.
8.o Vigencia de la encomienda.—La presente encomienda de gestión estará vigente
en tanto las actividades incluidas en el “Abordaje Diagnóstico de las Enfermedades Neuromusculares Degenerativas mediante el estudio de marcadores genéticos por secuenciación
de exoma (NGS, next-generation sequencing) sean aprobadas para financiación, dentro de
las Estrategias en Enfermedades Neurodegenerativas (incluido ELA), en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en función de los fondos procedentes de
éstas, que se traspasarán, una vez hayan sido recibidos en el Servicio Madrileño de Salud,
o hasta que no se asignen más fondos a estas estrategias, o que los asignados impidan, o no
permitan su ejecución.
La presente encomienda surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de junio de 2020.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera
de Asistencia Sanitaria y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Ana DávilaPonce de León Municio.—Por la Fundación Biomédica del Hospital “Gregorio Marañón”,
el Presidente del Patronato, Joseba Barroeta Urquiza.

BOCM-20200630-19

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