A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20200629-2)
Servicio de extinción de incendios –  Decreto 50/2020, de 24 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve el expediente de concesión de la dispensa solicitada por el Ayuntamiento de Leganés para la prestación del servicio de extinción de incendios, tras la suscripción del convenio de transferencia y financiación entre la Comunidad de Madrid y dicho Ayuntamiento
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BOCM

LUNES 29 DE JUNIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 156

DÉCIMO SEGUNDA. MODIFICACIÓN E INCIDENCIA DE LAS REFORMAS LEGALES
El presente convenio podrá revisarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de
las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas partes mediante una adenda
de modificación a este Convenio o nuevo Convenio.
DÉCIMO TERCERA. RECUPERACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN
DE INCENDIOS.
En caso de que el Ayuntamiento de Leganés recuperase para sí el servicio de extinción de
incendios, dicha Corporación deberá compensar a la Comunidad de Madrid por la totalidad de los
gastos derivados de la reestructuración del servicio en los términos que establece el artículo 31.5
del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de
la Comunidad de Madrid.
DÉCIMO CUARTA. PROTECCIÓN DE DATOS.
El tratamiento de los datos personales a que dé lugar la ejecución de este convenio se
realizará por parte de sus responsables con sometimiento estricto al Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales y a la normativa vigente que le sea de aplicación en materia de protección de datos.
Los firmantes del presente convenio suscribirán así mismo, con anterioridad a su entrada
en vigor, un acuerdo de comunicación de datos personales que facilitará el Ayuntamiento de
Leganés a la Comunidad de Madrid, en el que constarán las características de los datos que se
comunican, la finalidad para la que se comunican y la legitimación jurídica con la que comunican
para el inicio de su tratamiento durante el periodo transitorio previsto en la cláusula novena.
La forma de acceso a los datos de carácter personal se realizará mediante una remisión en
soporte físico (papel y electrónico), con constancia mediante su registrado de salida, de los datos de
aquel personal funcionario adscrito al Servicio de extinción de incendios de Leganés que, con
carácter voluntario, haya manifestado de forma expresa su intención de ser transferido e integrado
en la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Una vez hecho efectivo el traspaso de los medios personales y cumpliendo siempre con las
previsiones legales que exigieran su conservación, los datos de carácter personal serán tratados por
parte de la Comunidad de Madrid como responsable de tratamiento dentro de las actividades de
tratamiento “Gestión de Emergencia SITREM Cuerpo de Bomberos” y SIRIUS, manteniendo el
Ayuntamiento de Leganés estos datos bloqueados a los efectos de dar cumplimiento a posibles
reclamaciones o exigencias legales.
DÉCIMO QUINTA. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por las disposiciones de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todas aquellas discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán
solventarse por la Comisión Mixta de Seguimiento del presente convenio.
En caso de que no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
En prueba de conformidad se firma el presente Convenio en el lugar y fechas indicados.
La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Doña Isabel Díaz Ayuso - El Alcalde de Leganés, Don
Santiago Llorente Gutiérrez

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