Paracuellos de Jarama (BOCM-20200629-55)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 156

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JUNIO DE 2020

Pág. 163

Concertar operaciones de crédito con exclusión de las contempladas en el artículo 177.5 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, siempre que aquellas
estén previstas en el presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio
económico no supere el 10 por 100 de sus recursos ordinarios, salvo las de Tesorería que le corresponderá cuando el importe acumulado de las operaciones vivas
en cada momento no supere el 15 por 100 de los ingresos liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales referida.
Segundo.—El alcance de la delegación a favor de la Junta de Gobierno Local que poseerá un carácter genérico abarcará de forma absoluta todas las facultades integradas de manera consustancial e inherente a las competencias que son objeto de delegación, comportando tanto la dirección, la gestión y la resolución mediante actos que afecten a terceros,
como la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados en materias que
sean objeto de delegación.
La presente delegación se otorga sin perjuicio de ulteriores avocaciones tácitas para el
conocimiento y resolución de aquellos asuntos que demandaren una atención indelegable,
cuya motivación podrá fundamentarse a posteriori.
Tercero.—Asimismo se deberá publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre».
Paracuellos de Jarama, a 15 de junio de 2020.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrua.
(03/13.509/20)

BOCM-20200629-55

l)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791