Colmenarejo (BOCM-20200629-47)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JUNIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 156

12. Suscribir convenios de colaboración con otras Administraciones o entidades públicas o privadas cuyo objeto sea de su competencia.
Fiesta:
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Gestión, fomento y coordinación de las celebraciones de las fiestas populares.
3. Formular propuestas relacionadas con la celebración de fiestas populares.
4. Hacer cumplir los bandos y órdenes emanados de la Alcaldía, las ordenanzas municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio, dentro de la competencia que se delega.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
7. Gestión y tramitación de subvenciones a asociaciones en coordinación con la Concejalía de Participación Ciudadana.
8. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
9. Incoar, tramitar y adjudicar todos los contratos sujetos a cualquier procedimiento,
salvo los menores (abierto, abierto simplificado, abierto simplificado sumario, negociado
con y sin publicidad) que sean competencia de la Alcaldía, en materias relacionadas con
esta Concejalía.
10. Incoar, tramitar y adjudicar los contratos menores sobre materias relacionadas
con esta Concejalía.
11. Incoar, tramitar y resolver los expedientes relacionados con los contratos adjudicados por esta Concejalía (modificaciones de los contratos, prórrogas, imposición de penalidades, resolución del contrato, devoluciones de garantías…).
12. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sea aquel el órgano de contratación, en
materias relacionadas con esta Concejalía.
13. Formalizar los contratos administrativos y privados, en materias relacionadas
con esta Concejalía.
14. Suscribir convenios de colaboración con otras Administraciones o entidades públicas o privadas cuyo objeto sea de su competencia.
Desarrollo Local:
1. Coordinación de las actividades de Desarrollo Local.
2. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
3. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
4. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
5. Incoar, tramitar y adjudicar todos los contratos sujetos a cualquier procedimiento,
salvo los menores (abierto, abierto simplificado, abierto simplificado sumario, negociado
con y sin publicidad) que sean competencia de la Alcaldía, en materias relacionadas con
esta Concejalía.
6. Incoar, tramitar y adjudicar los contratos menores sobre materias relacionadas con
esta Concejalía.
7. Incoar, tramitar y resolver los expedientes relacionados con los contratos adjudicados por esta Concejalía (modificaciones de los contratos, prórrogas, imposición de penalidades, resolución del contrato, devoluciones de garantías…).
8. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sea aquel el órgano de contratación, en
materias relacionadas con esta Concejalía.
9. Formalizar los contratos administrativos y privados, en materias relacionadas con
esta Concejalía.
10. Suscribir convenios de colaboración con otras Administraciones o entidades públicas o privadas cuyo objeto sea de su competencia.

BOCM-20200629-47

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