C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20200629-7)
Convenio –  Convenio de 12 de junio de 2020, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en materia deportiva
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 156

LUNES 29 DE JUNIO DE 2020

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acceso a los Parques de Bomberos de la Comunidad de Madrid, en régimen de visita didáctica, por parte de los alumnos de los colegios ubicados en su término municipal.
6. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
establece entre los principios rectores de la política deportiva la colaboración responsable
entre las Administraciones Públicas (artículo 2.1).
Asimismo, establece como competencias de las entidades locales, entre otras, “promover de forma general la actividad física y el deporte en su ámbito territorial, fomentando las
actividades físicas de carácter formativo y recreativo” y “cooperar con otros entes públicos
o privados para el cumplimiento de las finalidades previstas por la Ley” (artículo 23).
7. Que el art. 143.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que las Administraciones cooperarán al servicio del interés general y
podrán acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que
mejor sirva a este principio, añadiendo el apartado 2 que la formalización de relaciones de
cooperación requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios. Por su parte, el art. 144.1, letras d) y g), contempla expresamente la posibilidad de dar cumplimiento al principio de cooperación mediante la
prestación de medios materiales, económicos o personales a otras Administraciones Públicas y las actuaciones de cooperación en materia patrimonial previstas en la legislación.
8. Que el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid se encuentran interesados en desarrollar programas de actuación conjunta en materia deportiva y formativa en el marco de una política integral para la promoción de la práctica deportiva.
Por todo ello, y de común acuerdo, las partes citadas ut supra, suscriben el presente
Convenio, de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre el
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de
Madrid para una actuación coordinada en la utilización de determinadas instalaciones deportivas municipales de Pozuelo de Alarcón.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento
El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, a través de su Concejalía de Deportes, se
compromete a ceder las Instalaciones para la realización de los controles físicos anuales y
pruebas de acceso establecidas por el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid y
para la realización de sesiones prácticas de los Cursos de Formación.
Dichas Instalaciones solo se utilizarán con este fin, en las fechas y horarios que se establezcan y sin perjuicio de modificación en caso de necesidad funcional de las Instalaciones.
Tercera
La Dirección General de Emergencias se compromete a:
a) Que el personal adscrito al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid respete las normas internas de funcionamiento de las Instalaciones Deportivas a las
que acceden por el presente Convenio y que serán fijadas por el Ayuntamiento de
Pozuelo de Alarcón.
b) Que el Cuerpo de Bomberos, de la Dirección General de Emergencias de la Comunidad de Madrid, colaborará en los eventos deportivos organizados por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, así como en aquellos
actos culturales, lúdicos y sociales en que así se requiera por parte del Ayuntamiento, siempre que los mismos tengan alguna relación con las competencias
del Cuerpo de Bomberos (rescate, salvamento, prevención de incendios, divulgación de las anteriores materias, etc.), o en los que su presencia sea necesaria por
razones de seguridad.

BOCM-20200629-7

Obligaciones de la Dirección General de Emergencias de la Comunidad de Madrid