C) Otras Disposiciones - Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOCM-20110617-35)
Normas subsidiarias –  Resolución de 1 de junio de 2011, por la que se hace pública la Orden 1854/2011, de 20 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en la apertura de un nuevo viario entre las calles de Méjico y Fray Pedro de Villacreces, con acceso por la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del municipio
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011

B.O.C.M. Núm. 142

rio que discurra íntegramente por dicha parcela. El viario tendrá un ancho de 7 metros, lo
que permite una calzada central y dos aceras laterales. También se proyecta la prolongación
de la calle de Fray Pedro de Villacreces, incorporando en el plano de Ordenación 2.1 de las
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de la Cabrera, las alineaciones de un pequeño tramo actualmente existente, reflejado en la cartografía catastral.
La señalada parcela está regulada por la Ordenanza Zona 05, “Unifamiliar Extensiva I”,
vivienda unifamiliar aislada en dos plantas (B + 1), en parcela de 500 metros cuadrados,
con un 30 por 100 de ocupación y 0,33 m2/m2 de coeficiente de edificabilidad. La parcela
tiene las siguientes características:
Superficie total: 4.711 m2 de suelo.
Residencial Zona 05: 4.711 m2 de suelo.
Edificabilidad: 1.554,63 m2c.
Número de viviendas: 4.711 m2/500 m2 parcela = 9 viviendas.
Únicamente resulta posible materializar dos viviendas al tener la parcela frente a alineación oficial únicamente en los extremos Norte y Sur.
La Modificación Puntual propone delimitar una actuación aislada para la asignación
de la edificabilidad, la obtención de suelo con destino a viario público y la realización de
las obras de urbanización, tal y como establece el artículo 79.3.c) de la Ley 9/2001, de 17
de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, relativo a la ejecución del planeamiento en
suelo urbano consolidado. Se mantiene la aplicación de la Ordenanza Zona 05, “Unifamiliar Extensiva I”, por lo que las condiciones de volumen permanecen constantes. Las características del ámbito definido son:
Superficie total: 4.711 m2 de suelo.
Residencial Zona 05: 4.080 m2 de suelo.
Viario público: 631 m2 de suelo.
Edificabilidad: 1.346,40 m2c.
Número de viviendas: 7 viviendas.
Los compromisos establecidos para el ámbito son la cesión a título gratuito de la superficie destinada a viario público, así como las obras de urbanización necesarias para conectar con las redes de servicios municipales.
III. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, en sus informes técnico y jurídico, de
fechas 9 y 11 de mayo de 2011, respectivamente, señala lo siguiente:
Desde el punto de vista técnico, la Modificación Puntual supone una reducción de la superficie edificable de 208,23 m2c, resultado de aplicar el coeficiente de edificabilidad 0,33 m2/m2
sobre la parcela, una vez descontada la superficie de suelo destinada a víario público.
Las siete viviendas previstas con la Modificación Puntual no superan la cantidad de
nueve viviendas, que sería el número máximo que inicialmente resultaría de dividir la superficie de suelo por el tamaño de parcela mínima establecido por la Ordenanza de Zona 05,
“Unifamiliar Extensiva I”.
Las secciones del viario propuesto son, según se señala en el documento técnico municipal, iguales a las secciones de las calles con las que conecta.
Desde el punto de vista jurídico, se señala que en la tramitación administrativa seguida,
se han cumplimentado los trámites previstos en los artículos 57 y siguientes de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.
Por cuanto antecede, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial informa favorablemente la presente Modificación Puntual, con las condiciones que para su desarrollo establece el informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental de fecha 1
de septiembre de 2009, obrante en el expediente.
IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 19 de mayo de 2011, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial el 11 de mayo de 2011, acordó informar favorablemente la Modificación Puntual de las
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en la apertura
de un nuevo viario entre las calles de Méjico y de Fray Pedro de Villacreces, con acceso por
la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del municipio, con las condiciones
que para su desarrollo establece el informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental de fecha 1 de septiembre de 2009, obrante en el expediente.
V. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambien-

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