C) Otras Disposiciones - Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOCM-20110617-35)
Normas subsidiarias – Resolución de 1 de junio de 2011, por la que se hace pública la Orden 1854/2011, de 20 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en la apertura de un nuevo viario entre las calles de Méjico y Fray Pedro de Villacreces, con acceso por la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del municipio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011
Pág. 79
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio
RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2011, por la que se hace pública la Orden 1854/2011,
de 20 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en
la apertura de un nuevo viario entre las calles de Méjico y Fray Pedro de Villacreces, con acceso por la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del
municipio.
Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio, con fecha 20 de mayo de 2011, se dictó la Orden 1854/2011, del siguiente tenor
literal:
«Examinado el expediente obrante en esta Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Ordenación del Territorio, relativo a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en la apertura de un nuevo viario entre las calles de Méjico y Fray Pedro de Villacreces, con acceso por la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del municipio, procede hacer constar cuanto sigue:
I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:
1.o Con fecha 5 de mayo de 2009, el Pleno del Ayuntamiento de La Cabrera adoptó el
acuerdo de aprobación inicial de la Modificación Puntual de referencia, y someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes.
El expediente fue sometido al trámite de información pública por un período de un
mes, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 161, de fecha 9 de julio de 2009, y en el diario
“MARCA”, en su edición de 3 de julio de 2009. No se presentaron alegaciones, tal y
como acredita el certificado del Secretario Municipal de 11 de agosto de 2009.
2.o El Pleno del Ayuntamiento de La Cabrera, en su sesión de 13 de julio de 2010,
acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual señalada, y su remisión
a la Comunidad de Madrid para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente, conforme lo regulado en los artículos 57.e) y 61.2 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
3.o Consta en el expediente el informe favorable de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 1 de septiembre de 2009, que no advierte circunstancias que,
desde el punto de vista medioambiental, pudieran desaconsejar la referida Modificación Puntual. No obstante, se deberán cumplir las siguientes condiciones para
su desarrollo:
— Deberán cumplirse las determinaciones de la Ley 8/2005, de 26 de diciembre,
de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
— El Ayuntamiento de La Cabrera deberá garantizar el cumplimiento del Decreto 78/1999, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica de la Comunidad de Madrid.
— Por otra parte, en el caso de que se produjeran variaciones en las condiciones
de funcionamiento de los emisarios o las depuradoras, se estará a lo señalado
en el artículo 7 del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de
Madrid.
II. El objeto de la presente Modificación Puntal es mejorar y completar la trama urbana de La Cabrera con la apertura de un nuevo viario que una las calles de Méjico y de
Fray Pedro Villacreces.
La Modificación Puntual afecta a una parcela de 4.711 metros cuadrados de superficie, calificada como suelo urbano consolidado, en la que se propone la apertura de un via-
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B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011
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I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Ordenación del Territorio
RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2011, por la que se hace pública la Orden 1854/2011,
de 20 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en
la apertura de un nuevo viario entre las calles de Méjico y Fray Pedro de Villacreces, con acceso por la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del
municipio.
Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio, con fecha 20 de mayo de 2011, se dictó la Orden 1854/2011, del siguiente tenor
literal:
«Examinado el expediente obrante en esta Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Ordenación del Territorio, relativo a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento Municipal de La Cabrera, consistente en la apertura de un nuevo viario entre las calles de Méjico y Fray Pedro de Villacreces, con acceso por la calle de Los Luceros, número 5, en el suelo urbano del municipio, procede hacer constar cuanto sigue:
I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:
1.o Con fecha 5 de mayo de 2009, el Pleno del Ayuntamiento de La Cabrera adoptó el
acuerdo de aprobación inicial de la Modificación Puntual de referencia, y someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes.
El expediente fue sometido al trámite de información pública por un período de un
mes, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 161, de fecha 9 de julio de 2009, y en el diario
“MARCA”, en su edición de 3 de julio de 2009. No se presentaron alegaciones, tal y
como acredita el certificado del Secretario Municipal de 11 de agosto de 2009.
2.o El Pleno del Ayuntamiento de La Cabrera, en su sesión de 13 de julio de 2010,
acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual señalada, y su remisión
a la Comunidad de Madrid para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente, conforme lo regulado en los artículos 57.e) y 61.2 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
3.o Consta en el expediente el informe favorable de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 1 de septiembre de 2009, que no advierte circunstancias que,
desde el punto de vista medioambiental, pudieran desaconsejar la referida Modificación Puntual. No obstante, se deberán cumplir las siguientes condiciones para
su desarrollo:
— Deberán cumplirse las determinaciones de la Ley 8/2005, de 26 de diciembre,
de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
— El Ayuntamiento de La Cabrera deberá garantizar el cumplimiento del Decreto 78/1999, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica de la Comunidad de Madrid.
— Por otra parte, en el caso de que se produjeran variaciones en las condiciones
de funcionamiento de los emisarios o las depuradoras, se estará a lo señalado
en el artículo 7 del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de
Madrid.
II. El objeto de la presente Modificación Puntal es mejorar y completar la trama urbana de La Cabrera con la apertura de un nuevo viario que una las calles de Méjico y de
Fray Pedro Villacreces.
La Modificación Puntual afecta a una parcela de 4.711 metros cuadrados de superficie, calificada como suelo urbano consolidado, en la que se propone la apertura de un via-
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