A) Disposiciones Generales - Consejería de Educación (BOCM-20110617-2)
Catálogo de precios públicos –  Acuerdo de 9 de junio de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y se determinan las cuantías de los precios públicos de enseñanzas artísticas superiores
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011

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I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación
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ACUERDO de 9 de junio de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica
el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y se determinan las
cuantías de los precios públicos de enseñanzas artísticas superiores.

El Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, regula, en su título III, las disposiciones aplicables a los precios públicos, los procedimientos y requisitos para el establecimiento de los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios
públicos y para la fijación o modificación de sus cuantías.
El artículo 28 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid prevé
que, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo
aconsejen, podrán fijarse precios públicos que resulten inferiores a los costes económicos
originados por la realización de actividades o la prestación de los servicios, cuya aprobación deberá realizarse mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno.
El Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, recoge en su apartado I) los precios
correspondientes a los servicios prestados por la Consejería de Educación, según la última
redacción y cuantías dadas a los mismos mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de
diciembre de 2009, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8
de enero de 2010, corrección de errores del 26 de enero).
En la actualidad, de conformidad con los nuevos planes de estudios de las enseñanzas
artísticas superiores establecidos por la normativa reglamentaria estatal y autonómica,
aprobada en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, resulta preciso introducir una modificación en el catálogo, con el objetivo de sustituir el concepto del
precio de matrícula por asignatura, por el de matrícula por crédito. Asimismo, resulta procedente actualizar las cuantías de los correspondientes servicios.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con los artículos 27, 28 y 29 del Texto
Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Consejera de
Educación y previa deliberación en su reunión del día 9 de junio de 2011, el Consejo de
Gobierno,
ACUERDA
Primero

I02.2.03. Enseñanzas superiores de Música:
I02.2.03.1. Matrícula por crédito.
I02.2.03.2. Matrícula por repetición de crédito.
I02.2.04. Enseñanzas superiores de Danza:
I02.2.04.1. Matrícula por crédito.
I02.2.04.2. Matrícula por repetición de crédito.
I02.3. Enseñanzas de Arte Dramático:
I02.3.01. Matrícula por crédito.
I02.3.02. Matrícula por repetición de crédito.
I02.4. Enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales:
I02.4.01. Matrícula por crédito.
I02.4.02. Matrícula por repetición de crédito.

BOCM-20110617-2

Modificar los siguientes epígrafes del apartado I) del Anexo I del Catálogo de Precios
Públicos de la Comunidad de Madrid, que pasan a tener la siguiente redacción: