C) Otras Disposiciones - Consejería de Educación (BOCM-20110616-19)
Adscripción escuela universitaria – Orden 2167/2011, de 27 de mayo, por la que se autoriza la adscripción mediante convenio de la Escuela Universitaria de Artes y Espectáculos TAI a la Universidad Rey Juan Carlos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011
Pág. 281
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación
19
ORDEN 2167/2011, de 27 de mayo, por la que se autoriza la adscripción mediante convenio de la Escuela Universitaria de Artes y Espectáculos TAI a la
Universidad Rey Juan Carlos.
La Ley Orgánica de Universidades, en su artículo 5.4, según la redacción dada por la
Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que “los centros universitarios privados deberán estar integrados en una universidad privada, como centros propios de la misma, o adscritos a una pública o privada”.
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades, la adscripción mediante convenio a una Universidad pública de centros docentes privados para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, corresponde a la Comunidad Autónoma a propuesta de la Universidad a la que
vaya a adscribirse.
En este sentido, la Universidad Rey Juan Carlos ha solicitado la adscripción de un centro privado para impartir las enseñanzas correspondientes al Grado en Artes Escénicas-Interpretación y al Grado en Composición de Músicas Contemporáneas. No obstante, con carácter previo a la autorización de la implantación de estas enseñanzas, se va a proceder a la
autorización de la adscripción del Centro a la Universidad y posteriormente su puesta en
funcionamiento, toda vez que la agencia evaluadora ANECA requiere la previa autorización de la adscripción para proceder a verificar los planes de estudios de las citadas enseñanzas, según el procedimiento previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado
por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.1 del Real Decreto 557/1991, la adscripción de centros privados a Universidades exige el cumplimiento de los requisitos señalados
en este Real Decreto respecto de las exigencias materiales y docentes mínimas para su autorización. En este sentido, el centro se ha comprometido a cumplir con los requisitos mínimos de instalaciones e infraestructuras establecidos en el Anexo al citado Real Decreto, así
como con los referidos a personal docente y de administración y servicios que se especifican en los artículos 6 a 9 de la misma norma.
La propuesta ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de
Madrid en su reunión del día 28 de abril de 2011, de conformidad con lo establecido en la
Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,
DISPONGO
Autorizar la adscripción de la Escuela Universitaria de Artes y Espectáculos TAI a la
Universidad Rey Juan Carlos, a efectos de impartir los estudios conducentes a la obtención
de los títulos oficiales del Grado en Artes Escénicas-Interpretación y del Grado en Composición en Músicas Contemporáneas.
La puesta en funcionamiento de la Escuela e implantación de las enseñanzas quedará
condicionada a la verificación favorable de ANECA y posterior Resolución del Consejo de
Universidades sobre los planes de estudio y al cumplimiento de los compromisos adquiridos por los promotores con respecto al personal docente, así como en cuanto a dotaciones
e infraestructuras adecuadas para la impartición de enseñanzas de Grado.
En la Orden de autorización de la puesta en funcionamiento, en función del cumplimiento de los requisitos expresados, se establecerá el curso académico de inicio de la actividad.
BOCM-20110616-19
Primero
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011
Pág. 281
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación
19
ORDEN 2167/2011, de 27 de mayo, por la que se autoriza la adscripción mediante convenio de la Escuela Universitaria de Artes y Espectáculos TAI a la
Universidad Rey Juan Carlos.
La Ley Orgánica de Universidades, en su artículo 5.4, según la redacción dada por la
Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que “los centros universitarios privados deberán estar integrados en una universidad privada, como centros propios de la misma, o adscritos a una pública o privada”.
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades, la adscripción mediante convenio a una Universidad pública de centros docentes privados para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, corresponde a la Comunidad Autónoma a propuesta de la Universidad a la que
vaya a adscribirse.
En este sentido, la Universidad Rey Juan Carlos ha solicitado la adscripción de un centro privado para impartir las enseñanzas correspondientes al Grado en Artes Escénicas-Interpretación y al Grado en Composición de Músicas Contemporáneas. No obstante, con carácter previo a la autorización de la implantación de estas enseñanzas, se va a proceder a la
autorización de la adscripción del Centro a la Universidad y posteriormente su puesta en
funcionamiento, toda vez que la agencia evaluadora ANECA requiere la previa autorización de la adscripción para proceder a verificar los planes de estudios de las citadas enseñanzas, según el procedimiento previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado
por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.1 del Real Decreto 557/1991, la adscripción de centros privados a Universidades exige el cumplimiento de los requisitos señalados
en este Real Decreto respecto de las exigencias materiales y docentes mínimas para su autorización. En este sentido, el centro se ha comprometido a cumplir con los requisitos mínimos de instalaciones e infraestructuras establecidos en el Anexo al citado Real Decreto, así
como con los referidos a personal docente y de administración y servicios que se especifican en los artículos 6 a 9 de la misma norma.
La propuesta ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de
Madrid en su reunión del día 28 de abril de 2011, de conformidad con lo establecido en la
Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,
DISPONGO
Autorizar la adscripción de la Escuela Universitaria de Artes y Espectáculos TAI a la
Universidad Rey Juan Carlos, a efectos de impartir los estudios conducentes a la obtención
de los títulos oficiales del Grado en Artes Escénicas-Interpretación y del Grado en Composición en Músicas Contemporáneas.
La puesta en funcionamiento de la Escuela e implantación de las enseñanzas quedará
condicionada a la verificación favorable de ANECA y posterior Resolución del Consejo de
Universidades sobre los planes de estudio y al cumplimiento de los compromisos adquiridos por los promotores con respecto al personal docente, así como en cuanto a dotaciones
e infraestructuras adecuadas para la impartición de enseñanzas de Grado.
En la Orden de autorización de la puesta en funcionamiento, en función del cumplimiento de los requisitos expresados, se establecerá el curso académico de inicio de la actividad.
BOCM-20110616-19
Primero