B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20110615-7)
Convocatoria puesto – Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Dirección-Gerencia del Hospital del Sureste, dependiente del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Servicio de Medicina Interna en este centro asistencial para su cobertura mediante el sistema de Libre Designación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 140
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
Pág. 139
2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos apreciados.
3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el Director-Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aprobando
la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de selección.
Sexta
Comisión de Selección
1. La composición de la Comisión de Selección se recoge en el Anexo III de esta
Resolución, haciéndose pública la designación de sus miembros en la Resolución que
aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de provisión.
2. La Comisión de Selección es un órgano colegiado cuyo funcionamiento está regulado en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios
en relación al historial profesional del candidato.
Séptima
Propuesta de adjudicación
Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección hará público sus resultados y elevará al Director-Gerente la propuesta de nombramiento con carácter provisional
para el desempeño del puesto de Jefe de Servicio.
Octava
Nombramientos y efectos de designación
1. La Dirección-Gerencia del Hospital del Sureste dictará el correspondiente nombramiento de Jefe de Servicio, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá naturaleza temporal, estando sujeto el titular
de la Jefatura de Servicio a evaluaciones cuatrienales a efectos de su continuidad.
2. La Dirección-Gerencia del Hospital, previo informe al Comité Asesor de la Comisión de Dirección, podrá cesar motivadamente por causas justificadas al Facultativo que
resulte nombrado mediante el sistema de Libre Designación.
3. Si el Facultativo designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicios, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco, al
Hospital del Sureste.
4. Si el Facultativo designado estuviera adscrito a otro Servicio de Salud o Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio
de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Dado en Madrid, a 31 de mayo de 2011.—El Director-Gerente del Hospital del Sureste, Félix Bravo Sanz.
BOCM-20110615-7
Recursos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 140
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
Pág. 139
2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos apreciados.
3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el Director-Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aprobando
la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de selección.
Sexta
Comisión de Selección
1. La composición de la Comisión de Selección se recoge en el Anexo III de esta
Resolución, haciéndose pública la designación de sus miembros en la Resolución que
aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de provisión.
2. La Comisión de Selección es un órgano colegiado cuyo funcionamiento está regulado en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios
en relación al historial profesional del candidato.
Séptima
Propuesta de adjudicación
Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección hará público sus resultados y elevará al Director-Gerente la propuesta de nombramiento con carácter provisional
para el desempeño del puesto de Jefe de Servicio.
Octava
Nombramientos y efectos de designación
1. La Dirección-Gerencia del Hospital del Sureste dictará el correspondiente nombramiento de Jefe de Servicio, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá naturaleza temporal, estando sujeto el titular
de la Jefatura de Servicio a evaluaciones cuatrienales a efectos de su continuidad.
2. La Dirección-Gerencia del Hospital, previo informe al Comité Asesor de la Comisión de Dirección, podrá cesar motivadamente por causas justificadas al Facultativo que
resulte nombrado mediante el sistema de Libre Designación.
3. Si el Facultativo designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicios, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco, al
Hospital del Sureste.
4. Si el Facultativo designado estuviera adscrito a otro Servicio de Salud o Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio
de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Dado en Madrid, a 31 de mayo de 2011.—El Director-Gerente del Hospital del Sureste, Félix Bravo Sanz.
BOCM-20110615-7
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