Villanueva de la Cañada (BOCM-20110611-66)
Organización y funcionamiento. Aprobación definitiva ordenanza protección medio ambiente urbano
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 137
SÁBADO 11 DE JUNIO DE 2011
Pág. 287
2. Asimismo se atiene a lo establecido en la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la
Comunidad de Madrid, y el R.D. 252/2006 por el que se revisan los objetivos de reciclado y
valorización establecidos en la citada Ley
3. Finalmente, es conforme a cuantas Directivas, Propuestas y Recomendaciones ha
realizado el Consejo de las Comunidades Europeas en materia de residuos sólidos.
4. Toda esta Normativa es de calendario diferido, lo que significa que en ella se establecen
los hitos temporales a futuro en los que es preciso cumplir determinados objetivos.
Artículo 88.–Catalogación de residuos
1. El Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, definirá en cada
caso la catalogación de los residuos producidos por las actividades instaladas en el municipio y, de
acuerdo a la misma, la mejor forma de gestión.
2. Para ello será obligatoria la realización de la “Declaración de Residuos Sólidos” que se
presentará junto con la solicitud de licencia. En dicha Declaración constará, al menos, la siguiente
información:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Nombre, dirección, identificación de la entidad jurídica titular o usuario declarante que
efectúa la solicitud y CNAE.
Características principales de la actividad, horario, régimen y procesos de producción,
plantilla, potencia eléctrica instalada, usos y volumen de agua a consumir.
Descripción y volumen de materias primas, productos intermedios y finales.
Descripción y número de procesos productores de residuos sólidos.
Tipo, capacidad, y número de contenedores previstos para la recepción de los distintos
residuos producidos.
Definición del local para la recepción de residuos sólidos.
Plano de situación de los distintos procesos productores de residuos sólidos y zonas de
almacenamiento.
Cuanta información considere oportuna hacer constar.
3. El Ayuntamiento podrá exigir, en su caso, cualquier otra documentación complementaria
para poder evaluar la incidencia de los residuos sólidos producidos.
4. Para el otorgamiento de licencias se atenderá a lo dispuesto en los artículos precedentes,
así como a lo establecido en las Normas Urbanísticas y demás legislación vigente.
Artículo 89.–Gestión de Residuos
Se entiende por Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, el conjunto de actividades que comprenden:
a)
b)
La recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación.
Las operaciones de transformación necesarias para su aprovechamiento, reutilización,
recuperación o reciclaje.
Artículo 90.–Recuperación y reciclaje
Artículo 91.–Obligaciones de las gestoras de residuos
El deber de cumplir lo establecido en la presente Ordenanza por los ciudadanos se entenderá
siempre sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que atañen a la empresa adjudicataria
del Servicio de Recogida de R.S.U. y Limpieza Viaria y de aquellas otras que se encarguen de la
recogida de residuos capaces de ser reciclados, reutilizados o recuperados, conforme al contrato
que en cada momento esté vigente y a las instrucciones que en cada caso, dicte el Ayuntamiento.
BOCM-20110611-66
El Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, promoverá dentro de su ámbito municipal, la
prevención, reducción y aprovechamiento, transformación, recuperación y reciclaje de los residuos,
la obtención a partir de éstos de materias primas y energía, así como cualquier otro método que
permita la reutilización de los mismos, siempre conforme a las disposiciones vigentes en materia
de Protección del Medio Ambiente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 137
SÁBADO 11 DE JUNIO DE 2011
Pág. 287
2. Asimismo se atiene a lo establecido en la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la
Comunidad de Madrid, y el R.D. 252/2006 por el que se revisan los objetivos de reciclado y
valorización establecidos en la citada Ley
3. Finalmente, es conforme a cuantas Directivas, Propuestas y Recomendaciones ha
realizado el Consejo de las Comunidades Europeas en materia de residuos sólidos.
4. Toda esta Normativa es de calendario diferido, lo que significa que en ella se establecen
los hitos temporales a futuro en los que es preciso cumplir determinados objetivos.
Artículo 88.–Catalogación de residuos
1. El Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, definirá en cada
caso la catalogación de los residuos producidos por las actividades instaladas en el municipio y, de
acuerdo a la misma, la mejor forma de gestión.
2. Para ello será obligatoria la realización de la “Declaración de Residuos Sólidos” que se
presentará junto con la solicitud de licencia. En dicha Declaración constará, al menos, la siguiente
información:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Nombre, dirección, identificación de la entidad jurídica titular o usuario declarante que
efectúa la solicitud y CNAE.
Características principales de la actividad, horario, régimen y procesos de producción,
plantilla, potencia eléctrica instalada, usos y volumen de agua a consumir.
Descripción y volumen de materias primas, productos intermedios y finales.
Descripción y número de procesos productores de residuos sólidos.
Tipo, capacidad, y número de contenedores previstos para la recepción de los distintos
residuos producidos.
Definición del local para la recepción de residuos sólidos.
Plano de situación de los distintos procesos productores de residuos sólidos y zonas de
almacenamiento.
Cuanta información considere oportuna hacer constar.
3. El Ayuntamiento podrá exigir, en su caso, cualquier otra documentación complementaria
para poder evaluar la incidencia de los residuos sólidos producidos.
4. Para el otorgamiento de licencias se atenderá a lo dispuesto en los artículos precedentes,
así como a lo establecido en las Normas Urbanísticas y demás legislación vigente.
Artículo 89.–Gestión de Residuos
Se entiende por Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, el conjunto de actividades que comprenden:
a)
b)
La recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación.
Las operaciones de transformación necesarias para su aprovechamiento, reutilización,
recuperación o reciclaje.
Artículo 90.–Recuperación y reciclaje
Artículo 91.–Obligaciones de las gestoras de residuos
El deber de cumplir lo establecido en la presente Ordenanza por los ciudadanos se entenderá
siempre sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que atañen a la empresa adjudicataria
del Servicio de Recogida de R.S.U. y Limpieza Viaria y de aquellas otras que se encarguen de la
recogida de residuos capaces de ser reciclados, reutilizados o recuperados, conforme al contrato
que en cada momento esté vigente y a las instrucciones que en cada caso, dicte el Ayuntamiento.
BOCM-20110611-66
El Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, promoverá dentro de su ámbito municipal, la
prevención, reducción y aprovechamiento, transformación, recuperación y reciclaje de los residuos,
la obtención a partir de éstos de materias primas y energía, así como cualquier otro método que
permita la reutilización de los mismos, siempre conforme a las disposiciones vigentes en materia
de Protección del Medio Ambiente.