Madrid número 39 (BOCM-20110610-211)
Ejecución 128 de 2010
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 321
Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 50 por 100 del avalúo,
podrá el ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejora la postura, ofreciendo cantidad superior al 50 por 100 del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.
Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación de los bienes por la mitad del valor de
tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad
sea superior a la mejor postura.
Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate a favor del
mejor postor siempre que la cantidad que se haya ofrecido supere el 30 por 100 del valor de
tasación, o siendo inferior cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor postura no cumpliese estos requisitos, el secretario, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate (artículo 650-4.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Octavo.—De resultar desierta la subasta, tendrán los ejecutantes o, en su defecto, los
responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse los bienes por el 30
por 100 del avalúo, dándose a tal fin el plazo común de diez días. De no hacerse uso de este
derecho, se alzará el embargo (artículo 262 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Noveno.—Para cualquier otra información o consulta los interesados pueden dirigirse
al Juzgado y lo que no conste publicado puede ser objeto de consulta en la Ley y en los autos,
considerándose cumplido lo dispuesto en el artículo 646 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Bienes
BOCM-20110610-211
— 10 mesas de 1 m × 1 m: 430.
— 5 mesas de 1 m × 1 m: 240.
— 1 mesa redonda de 1,60 de diámetro: 70.
— 30 copas de vino: 300.
— 1 cafetera “Italcrem” 101: 900.
— 1 lavavajillas Jemi: 600.
— 1 cámara frigorífica botellero: 600.
— 1 cocina de seis fuegos “Eurast”: 900.
— 1 horno “Lainox”: 1.400.
— 1 plancha “Eurast”: 300.
— 1 cámara frigorífica de pescado: 600.
— 1 cámara frigorífica de tres puertas: 900.
— 1 cámara frigorífica de dos puertas: 850.
— 1 congelador de una puerta: 900.
— 1 lavavajillas “Jemi”: 600.
— 67 sillas de madera: 2.345.
Valor total: 11.935 euros.
En Madrid, a 6 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).
(01/1.941/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 321
Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 50 por 100 del avalúo,
podrá el ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejora la postura, ofreciendo cantidad superior al 50 por 100 del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.
Transcurrido el indicado plazo sin que el ejecutado realice lo anterior, el ejecutante podrá, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación de los bienes por la mitad del valor de
tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad
sea superior a la mejor postura.
Cuando el ejecutante no haga uso de esta facultad, se aprobará el remate a favor del
mejor postor siempre que la cantidad que se haya ofrecido supere el 30 por 100 del valor de
tasación, o siendo inferior cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor postura no cumpliese estos requisitos, el secretario, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate (artículo 650-4.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Octavo.—De resultar desierta la subasta, tendrán los ejecutantes o, en su defecto, los
responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse los bienes por el 30
por 100 del avalúo, dándose a tal fin el plazo común de diez días. De no hacerse uso de este
derecho, se alzará el embargo (artículo 262 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Noveno.—Para cualquier otra información o consulta los interesados pueden dirigirse
al Juzgado y lo que no conste publicado puede ser objeto de consulta en la Ley y en los autos,
considerándose cumplido lo dispuesto en el artículo 646 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Bienes
BOCM-20110610-211
— 10 mesas de 1 m × 1 m: 430.
— 5 mesas de 1 m × 1 m: 240.
— 1 mesa redonda de 1,60 de diámetro: 70.
— 30 copas de vino: 300.
— 1 cafetera “Italcrem” 101: 900.
— 1 lavavajillas Jemi: 600.
— 1 cámara frigorífica botellero: 600.
— 1 cocina de seis fuegos “Eurast”: 900.
— 1 horno “Lainox”: 1.400.
— 1 plancha “Eurast”: 300.
— 1 cámara frigorífica de pescado: 600.
— 1 cámara frigorífica de tres puertas: 900.
— 1 cámara frigorífica de dos puertas: 850.
— 1 congelador de una puerta: 900.
— 1 lavavajillas “Jemi”: 600.
— 67 sillas de madera: 2.345.
Valor total: 11.935 euros.
En Madrid, a 6 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).
(01/1.941/11)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791