Madrid número 10 (BOCM-20110610-164)
Demanda 961 de 2010
2 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 136
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 269
3. Respecto a la prueba solicitada en la demanda, se pasa a dar cuenta a su señoría
para que se pronuncie sobre las mismas.
Diligencia.—Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la
práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse.—Doy fe.
Auto
En Madrid, a 12 de julio de 2010.
Parte dispositiva:
BOCM-20110610-164
Interrogatorio: Ha lugar y cítese al representante legal de la demandada, conforme a lo
solicitado por el actor, para la práctica de la prueba de interrogatorio de la parte en juicio,
de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000,
y efectos proveídos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.
Documental: a la documental ha lugar y requiérase a la parte demandada para que
aporte dicha documentación al acto del juicio oral.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Degepaso, Sociedad
Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 2 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/20.117/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 136
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 269
3. Respecto a la prueba solicitada en la demanda, se pasa a dar cuenta a su señoría
para que se pronuncie sobre las mismas.
Diligencia.—Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la
práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse.—Doy fe.
Auto
En Madrid, a 12 de julio de 2010.
Parte dispositiva:
BOCM-20110610-164
Interrogatorio: Ha lugar y cítese al representante legal de la demandada, conforme a lo
solicitado por el actor, para la práctica de la prueba de interrogatorio de la parte en juicio,
de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000,
y efectos proveídos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.
Documental: a la documental ha lugar y requiérase a la parte demandada para que
aporte dicha documentación al acto del juicio oral.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Degepaso, Sociedad
Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 2 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/20.117/11)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791