Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Mancomunidades. Ayudas. (2025062816)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2025.
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NÚMERO 148
Viernes 1 de agosto de 2025

43272

Con fecha de 24 de septiembre de 2024 se procedió a la firma del Convenio Interadministrativo de cooperación entre la Junta de Extremadura y la Excelentísima Diputación Provincial de
Badajoz y la Excelentísima Diputación de Cáceres, de Coordinación de Políticas en materia de
Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura.
Teniendo en cuenta lo expuesto resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El artículo 9.1 del Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, dispone que:
“Por resolución del titular de la secretaría general de la consejería competente en materia
de Administración Local se procederá a la convocatoria de las ayudas, estableciendo el plazo
para la presentación de las solicitudes por las mancomunidades integrales, que no podrá ser
inferior a quince días hábiles ni superior a dos meses, contados desde el día siguiente al de
la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución y del extracto de la convocatoria previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. La convocatoria, además, se publicará en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura”.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 3.1 de las bases reguladoras, la convocatoria anual determinará expresamente el destino de las ayudas a conceder que podrán tener como destino
exclusivo la financiación de gastos corrientes, de inversiones o de ambos conceptos.
Esta convocatoria está autorizada previamente por acuerdo del Consejo de Gobierno, de
conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, al superar los 900.000 euros.
Segundo. Las ayudas que contempla la presente resolución contribuyen al objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, debido a la realidad demográfica de
nuestra Comunidad Autónoma, con un gran número de municipios con muy pocos habitantes,
que ha determinado que en nuestra Comunidad existan en la actualidad 30 mancomunidades
calificadas como integrales que prestan muchos de los servicios mínimos obligatorios que los
municipios de escasa población y recursos económicos no podrían prestarlos con un mínimo
de calidad. Por este motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política
de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
El importe total del presupuesto con destino al Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales en este ejercicio asciende a dos millones quinientos noventa mil trescientos
treinta y dos euros (2.590.332 €).