Ayuntamiento De San Vicente De Alcántara. Planeamiento. (2025081252)
Anuncio de 22 de julio de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 3 de la ordenación detallada del Plan General Municipal.
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NÚMERO 147
Jueves 31 de julio de 2025
43259
AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DE ALCÁNTARA
ANUNCIO de 22 de julio de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 3 de la ordenación detallada del Plan General Municipal. (2025081252)
El Pleno del Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, en sesión celebrada el día 10 de abril
de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Modificación puntual núm. 3 PGM. Aprobación definitiva.
Se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 3 de la Ordenación Detallada del
Plan General Municipal de esta localidad que pretende flexibilizar las condiciones respecto
a diversos parámetros, que serán posteriormente detallados, tanto en edificaciones Residencial Alineada como en Edificaciones en Hilera sitas en la ZOU 1.A y ZOU 1.B, según lo
establecido en el actual Plan General Municipal de San Vicente de Alcántara.
Para ello se hace necesaria la modificación de los artículos 5.2.1.23 (sobre altura máxima
de la edificación; medición de la altura, número de plantas y edificación por encima de
la altura de coronación), artículo 5.2.3.2 (Construcciones por encima de la altura y petos), artículo 5.2.4.1 (en relación a los parámetros referentes a la Ordenanza Primera I;
Residencial Alineada Ra) y 5.2.4.2 (sobre los parámetros relacionados con la Ordenanza
Segunda II; Edificación en Hilera EH).
Resultan afectadas por la siguiente modificación aquellas edificaciones ubicadas en suelo
urbano al modificar parámetros generales del capítulo 5.2. condiciones edificatorias del
suelo urbano así como las ordenanzas primera y segunda de la normativa del PGM que
afecta a la ZOU 1.A y ZOU 1.B, atendiendo a lo establecido en el Plan General de San
Vicente de Alcántara.
La justificación principal de dicha modificación es la necesidad en el municipio de flexibilizar y armonizar las condiciones de alturas máximas en las edificaciones y las condiciones
generales de implantación de las edificaciones en suelo urbano, así como las alineaciones
de las mismas respecto a lo establecido en el Plan General Municipal, aprobado en el año
2021, para las edificaciones sitas en la ZOU 1.A y ZOU 1.B del municipio.
Una de las razones de afrontar la modificación de la normativa del PGM de San Vicente de
Alcántara es la regulación que se realiza de aquellos elementos y/o construcciones permitidas por encima de la altura máxima de la edificación( arista de coronación como regula
la propia normativa municipal); atendiendo a la regulación actual en diferentes artículos
de la normativa municipal se establecen que tipos de construcciones se permiten, “sólo
Jueves 31 de julio de 2025
43259
AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DE ALCÁNTARA
ANUNCIO de 22 de julio de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 3 de la ordenación detallada del Plan General Municipal. (2025081252)
El Pleno del Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, en sesión celebrada el día 10 de abril
de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Modificación puntual núm. 3 PGM. Aprobación definitiva.
Se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 3 de la Ordenación Detallada del
Plan General Municipal de esta localidad que pretende flexibilizar las condiciones respecto
a diversos parámetros, que serán posteriormente detallados, tanto en edificaciones Residencial Alineada como en Edificaciones en Hilera sitas en la ZOU 1.A y ZOU 1.B, según lo
establecido en el actual Plan General Municipal de San Vicente de Alcántara.
Para ello se hace necesaria la modificación de los artículos 5.2.1.23 (sobre altura máxima
de la edificación; medición de la altura, número de plantas y edificación por encima de
la altura de coronación), artículo 5.2.3.2 (Construcciones por encima de la altura y petos), artículo 5.2.4.1 (en relación a los parámetros referentes a la Ordenanza Primera I;
Residencial Alineada Ra) y 5.2.4.2 (sobre los parámetros relacionados con la Ordenanza
Segunda II; Edificación en Hilera EH).
Resultan afectadas por la siguiente modificación aquellas edificaciones ubicadas en suelo
urbano al modificar parámetros generales del capítulo 5.2. condiciones edificatorias del
suelo urbano así como las ordenanzas primera y segunda de la normativa del PGM que
afecta a la ZOU 1.A y ZOU 1.B, atendiendo a lo establecido en el Plan General de San
Vicente de Alcántara.
La justificación principal de dicha modificación es la necesidad en el municipio de flexibilizar y armonizar las condiciones de alturas máximas en las edificaciones y las condiciones
generales de implantación de las edificaciones en suelo urbano, así como las alineaciones
de las mismas respecto a lo establecido en el Plan General Municipal, aprobado en el año
2021, para las edificaciones sitas en la ZOU 1.A y ZOU 1.B del municipio.
Una de las razones de afrontar la modificación de la normativa del PGM de San Vicente de
Alcántara es la regulación que se realiza de aquellos elementos y/o construcciones permitidas por encima de la altura máxima de la edificación( arista de coronación como regula
la propia normativa municipal); atendiendo a la regulación actual en diferentes artículos
de la normativa municipal se establecen que tipos de construcciones se permiten, “sólo