Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Colaboración Económica Municipal. (2025062881)
Resolución de 21 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Orientación y Prospección para el Desarrollo Local.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025
42644
pias conforme a sus intereses locales. Con este Programa de Colaboración Económica Munici
pal, se pretende una reformulación técnica y normativa del programa de subvenciones desti
nadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya última convocatoria fue en el ejercicio 2024.
Por ello, se articula una nueva forma de colaboración económica de la Comunidad Autónoma
con los municipios y mancomunidades, basada en los principios de confianza legítima, buena
fe, lealtad institucional, eficacia, racionalización y agilidad procedimental, así como los de
cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas a través de la
configuración de este nuevo Programa de Colaboración Económica Municipal.
Con este nuevo Programa de Colaboración Económica Municipal se pretende realizar las opor
tunas transferencias a las entidades locales y mancomunidades que venían siendo benefi
ciarias de la subvención destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y
Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la última convoca
toria, que garantice la prestación de servicios de orientación y prospección laboral para el de
sarrollo local por parte de las entidades locales para la que fueron contratados los Agentes de
Empleo y Desarrollo Local, así como a aquellas otras entidades locales que en interés común
compartido con la Comunidad Autónoma de Extremadura, pretendan reforzar la prestación de
estos servicios en sus ámbitos competenciales.
Todo ello con el objetivo de garantizar la cobertura efectiva de estos servicios en la totalidad
del territorio y contribuir al desarrollo socioeconómico equilibrado de la región, dada la im
posibilidad de asegurar su prestación mediante la concesión de subvenciones destinadas a la
prórroga de contratos temporales del personal técnico necesario para su ejecución.
Las acciones de orientación y prospección laboral para el desarrollo local adquieren una espe
cial relevancia como instrumento clave para favorecer un crecimiento sostenible en el terri
torio extremeño. Aparte de éstas, el desarrollo local comprende otras acciones que exceden
a esta regulación, pero no por ello son menos significativas. Entre dichas acciones destacan
la captación de fondos orientados al desarrollo social y económico, el diseño, elaboración y
ejecución de planes estratégicos de desarrollo local, así como la promoción de la participación
activa de los agentes sociales, económicos, institucionales y de la ciudadanía en los procesos
de transformación del entorno.
Ejerciendo las competencias atribuidas estatutariamente, la Junta de Extremadura, a través
del Programa de Colaboración Económica Municipal de Orientación y Prospección para el De
sarrollo Local, distribuirá territorialmente las transferencias entre todas las entidades locales
extremeñas destinatarias, en base a la solidaridad territorial, que se ajusten a los criterios
objetivos que sirven de base para la distribución de los créditos, concertados previamente
Martes 29 de julio de 2025
42644
pias conforme a sus intereses locales. Con este Programa de Colaboración Económica Munici
pal, se pretende una reformulación técnica y normativa del programa de subvenciones desti
nadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya última convocatoria fue en el ejercicio 2024.
Por ello, se articula una nueva forma de colaboración económica de la Comunidad Autónoma
con los municipios y mancomunidades, basada en los principios de confianza legítima, buena
fe, lealtad institucional, eficacia, racionalización y agilidad procedimental, así como los de
cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas a través de la
configuración de este nuevo Programa de Colaboración Económica Municipal.
Con este nuevo Programa de Colaboración Económica Municipal se pretende realizar las opor
tunas transferencias a las entidades locales y mancomunidades que venían siendo benefi
ciarias de la subvención destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y
Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la última convoca
toria, que garantice la prestación de servicios de orientación y prospección laboral para el de
sarrollo local por parte de las entidades locales para la que fueron contratados los Agentes de
Empleo y Desarrollo Local, así como a aquellas otras entidades locales que en interés común
compartido con la Comunidad Autónoma de Extremadura, pretendan reforzar la prestación de
estos servicios en sus ámbitos competenciales.
Todo ello con el objetivo de garantizar la cobertura efectiva de estos servicios en la totalidad
del territorio y contribuir al desarrollo socioeconómico equilibrado de la región, dada la im
posibilidad de asegurar su prestación mediante la concesión de subvenciones destinadas a la
prórroga de contratos temporales del personal técnico necesario para su ejecución.
Las acciones de orientación y prospección laboral para el desarrollo local adquieren una espe
cial relevancia como instrumento clave para favorecer un crecimiento sostenible en el terri
torio extremeño. Aparte de éstas, el desarrollo local comprende otras acciones que exceden
a esta regulación, pero no por ello son menos significativas. Entre dichas acciones destacan
la captación de fondos orientados al desarrollo social y económico, el diseño, elaboración y
ejecución de planes estratégicos de desarrollo local, así como la promoción de la participación
activa de los agentes sociales, económicos, institucionales y de la ciudadanía en los procesos
de transformación del entorno.
Ejerciendo las competencias atribuidas estatutariamente, la Junta de Extremadura, a través
del Programa de Colaboración Económica Municipal de Orientación y Prospección para el De
sarrollo Local, distribuirá territorialmente las transferencias entre todas las entidades locales
extremeñas destinatarias, en base a la solidaridad territorial, que se ajusten a los criterios
objetivos que sirven de base para la distribución de los créditos, concertados previamente