Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Colaboración Económica Municipal. (2025062881)
Resolución de 21 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Orientación y Prospección para el Desarrollo Local.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025
42643
ACUERDO DE 8 DE JULIO DE 2025, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE
LA JUNTA DE EXTREMADURA, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA
DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL DE ORIENTACIÓN Y PROSPECCIÓN
PARA EL DESARROLLO LOCAL
El artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura (LGAMEX, en lo sucesivo) y las sucesivas leyes de presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura configuran los Programas de Colaboración Económica
Municipal como instrumento de financiación adicional de las entidades locales extremeñas, en
los que convergen intereses autonómicos y locales en ámbitos competenciales compartidos,
constituyendo una forma de colaboración económica basada en los principios de confianza
legítima, buena fe, lealtad institucional, eficacia, racionalización y agilidad procedimental así
como los de cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas, po
sitivizados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en garantía de su autonomía política y suficiencia financiera.
Los Programas de Colaboración Económica Municipal nacieron con el objetivo de dar res
puestas rápidas para que los ayuntamientos y el resto de entidades locales puedan afrontar
las imperiosas necesidades que la ciudadanía extremeña tiene frente a una situación de la
necesidad. Los poderes públicos deben ofrecer, por tanto, respuestas ágiles. Y, a tal efecto,
los Programas de Colaboración Económica Municipal que puso en marcha la LPGCAEX para
2021, en los términos expresados en la disposición adicional séptima de la LGAMEX, resultó
una fórmula institucional idónea para dar respuesta a las necesidades de financiación local en
un contexto como el presente. Tal fórmula está, además, rodeada de las garantías que implica
el fortalecimiento de la autonomía municipal.
El Programa de Colaboración Económica Municipal de Orientación y Prospección para el Desa
rrollo Local tiene su origen en el programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, el cual
ha venido considerándose una pieza clave en los procesos de desarrollo que se implementan
en el territorio. A lo largo de los años en los que este programa se ha venido desarrollando en
Extremadura, se han comprobado los beneficios de la existencia de este tipo de actuaciones
cercanas al ciudadano. Para ello, las Corporaciones Locales se dotaban de personal técnico
de empleo, especialista en desarrollo local, con el fin de colaborar en la orientación de los
programas de políticas activas de empleo hacia la generación de actividad empresarial y a la
prospección y promoción de proyectos empresariales en el ámbito local.
Como ya ha ocurrido en otros ámbitos, la transformación, ahora, en incondicionales de las
transferencias condicionadas aportadas por la Comunidad Autónoma para el mantenimiento
del Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local obedece a la necesidad de dotar de
autonomía local en la vertiente del gasto para el efectivo desempeño de las competencias pro
Martes 29 de julio de 2025
42643
ACUERDO DE 8 DE JULIO DE 2025, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE
LA JUNTA DE EXTREMADURA, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA
DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL DE ORIENTACIÓN Y PROSPECCIÓN
PARA EL DESARROLLO LOCAL
El artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura (LGAMEX, en lo sucesivo) y las sucesivas leyes de presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura configuran los Programas de Colaboración Económica
Municipal como instrumento de financiación adicional de las entidades locales extremeñas, en
los que convergen intereses autonómicos y locales en ámbitos competenciales compartidos,
constituyendo una forma de colaboración económica basada en los principios de confianza
legítima, buena fe, lealtad institucional, eficacia, racionalización y agilidad procedimental así
como los de cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas, po
sitivizados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en garantía de su autonomía política y suficiencia financiera.
Los Programas de Colaboración Económica Municipal nacieron con el objetivo de dar res
puestas rápidas para que los ayuntamientos y el resto de entidades locales puedan afrontar
las imperiosas necesidades que la ciudadanía extremeña tiene frente a una situación de la
necesidad. Los poderes públicos deben ofrecer, por tanto, respuestas ágiles. Y, a tal efecto,
los Programas de Colaboración Económica Municipal que puso en marcha la LPGCAEX para
2021, en los términos expresados en la disposición adicional séptima de la LGAMEX, resultó
una fórmula institucional idónea para dar respuesta a las necesidades de financiación local en
un contexto como el presente. Tal fórmula está, además, rodeada de las garantías que implica
el fortalecimiento de la autonomía municipal.
El Programa de Colaboración Económica Municipal de Orientación y Prospección para el Desa
rrollo Local tiene su origen en el programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, el cual
ha venido considerándose una pieza clave en los procesos de desarrollo que se implementan
en el territorio. A lo largo de los años en los que este programa se ha venido desarrollando en
Extremadura, se han comprobado los beneficios de la existencia de este tipo de actuaciones
cercanas al ciudadano. Para ello, las Corporaciones Locales se dotaban de personal técnico
de empleo, especialista en desarrollo local, con el fin de colaborar en la orientación de los
programas de políticas activas de empleo hacia la generación de actividad empresarial y a la
prospección y promoción de proyectos empresariales en el ámbito local.
Como ya ha ocurrido en otros ámbitos, la transformación, ahora, en incondicionales de las
transferencias condicionadas aportadas por la Comunidad Autónoma para el mantenimiento
del Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local obedece a la necesidad de dotar de
autonomía local en la vertiente del gasto para el efectivo desempeño de las competencias pro