Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2025040113)
Decreto 68/2025, de 1 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2025/2026.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025

42626

a través de la página web https://erasmusuniversidad.educarex.es , para la que no se
requiere ni autenticación ni firma electrónica, y se presentarán en el plazo de un mes, a
contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y del extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura https://doe.juntaex.es/index.php .
También podrán formalizarse en la dirección https://www.juntaex.es/w/4054 del Punto de
Acceso General.
En lo relativo al lugar de presentación de las solicitudes debidamente cumplimentadas con
el resto de la documentación, se podrán presentar por vía presencial o por vía telemática
conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del decreto.
En cuanto a las autorizaciones, por parte de la persona solicitante, para recabar de oficio
la justificación de no tener deudas con la Hacienda Autonómica, así como la no oposición,
en su caso, para consultar el expediente académico en la Universidad de Extremadura o la
vecindad administrativa, se estará a lo dispuesto en el artículo 7.5 del decreto.
5. D
 ocumentación a presentar junto con la solicitud:
Junto con la solicitud de la ayuda deberá presentarse los siguientes documentos:
a) Documento acreditativo de haber sido seleccionado en el Programa Erasmus+ Estudios
para el curso académico 2025/2026, expedido por la universidad correspondiente.
b) Documento acreditativo de haber comenzado la estancia formativa del Programa Erasmus+ Prácticas, en los 12 meses inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria, expedido por la universidad correspondiente.
c) Documento original de Alta de Terceros debidamente cumplimentado. La persona solicitante de la ayuda deberá ser titular o cotitular de la cuenta bancaria. En el caso de
encontrarse dado de alta en la base de datos del Sistema Contable de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, no será necesario aportar dicho documento.
https://www.juntaex.es/w/5145
Los solicitantes que estudien en universidades públicas distintas de la Universidad de Extremadura, además de la documentación anterior, deberán presentar:
a) Documento acreditativo de haber superado la prueba de acceso a la universidad, en el
caso de cursar una titulación que exista en la Universidad de Extremadura y no haber
obtenido plaza por no alcanzar la nota de corte que le diera acceso.