Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025062857)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se desestima la solicitud de subvención a la entidad Asociación Extremeña de Mujeres con Discapacidad, en el marco de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 144
Lunes 28 de julio de 2025
42511
en materia de subvenciones atribuye la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a las Secretarías Generales de las Consejerías.
De acuerdo con lo expuesto, la competencia para la concesión, así como de la desestimación
de la subvención directa que se propone corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social. No obstante, mediante
Resolución de 3 de octubre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia,
Interior y Diálogo Social (DOE n.º 194, de 9 de octubre de 2023), se delega en las personas
titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la competencia para resolver la concesión de subvenciones cuya
tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la materia, incluida
la concesión de las subvenciones de forma directa, sin convocatoria previa, en los supuestos
del artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Conforme a ello, corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de Igualdad y Conciliación, por delegación, la competencia para resolver la concesión
así como la denegación de esta subvención.
Segundo. Por Orden de 27 de julio de 2022 se establecen y aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género (DOE n.º 145, de 28 de julio).
Por su parte, mediante Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se establece para el ejercicio 2025, la
convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra
la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de
género (DOE n.º 72, de 14 de abril).
Tercero. Tal y como dispone el resuelve séptimo de la Resolución de concesión, de acuerdo
con lo previsto en los artículos 7 y 32 de la Orden de 27 de julio de 2022, por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, el procedimiento de concesión
de las subvenciones para los proyectos de intervención en materia de violencia de género
(Modalidad B) se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.
Por su parte, el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura: “Excepcionalmente, cuando por la naturaleza o características de la subvención no sea posible su tramitación por el procedimiento de concurrencia
Lunes 28 de julio de 2025
42511
en materia de subvenciones atribuye la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a las Secretarías Generales de las Consejerías.
De acuerdo con lo expuesto, la competencia para la concesión, así como de la desestimación
de la subvención directa que se propone corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social. No obstante, mediante
Resolución de 3 de octubre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia,
Interior y Diálogo Social (DOE n.º 194, de 9 de octubre de 2023), se delega en las personas
titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la competencia para resolver la concesión de subvenciones cuya
tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la materia, incluida
la concesión de las subvenciones de forma directa, sin convocatoria previa, en los supuestos
del artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Conforme a ello, corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de Igualdad y Conciliación, por delegación, la competencia para resolver la concesión
así como la denegación de esta subvención.
Segundo. Por Orden de 27 de julio de 2022 se establecen y aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género (DOE n.º 145, de 28 de julio).
Por su parte, mediante Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se establece para el ejercicio 2025, la
convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra
la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de
género (DOE n.º 72, de 14 de abril).
Tercero. Tal y como dispone el resuelve séptimo de la Resolución de concesión, de acuerdo
con lo previsto en los artículos 7 y 32 de la Orden de 27 de julio de 2022, por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, el procedimiento de concesión
de las subvenciones para los proyectos de intervención en materia de violencia de género
(Modalidad B) se tramitará en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.
Por su parte, el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura: “Excepcionalmente, cuando por la naturaleza o características de la subvención no sea posible su tramitación por el procedimiento de concurrencia