Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Gas. (2025062854)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de adjudicación de ampliación de zona de distribución autorizada de gas natural en el "Polígono industrial Las Picadas II" de Almendralejo. Expte.: GNC 73/1323/25.
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NÚMERO 143
Viernes 25 de julio de 2025

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por las empresas distribuidoras o de transporte del sector, que se tramitará en concurrencia
en los supuestos establecidos en el artículo 8 del presente decreto”.
Conforme al artículo 8 del citado decreto, “Se considerará que dos o más solicitudes son concurrentes, en los siguientes supuestos:
a) Para las instalaciones de transporte secundario de gas natural, cuando dos o más solicitudes se refieran al mismo gaseoducto.
b) Para las instalaciones de distribución de gas natural, cuando la zona de distribución de
una solicitud incluya, como mínimo, la totalidad de la zona de distribución de la primera
solicitud presentada.
c) Para las instalaciones de distribución de GLP, cuando la zona de distribución de una
solicitud incluya, como mínimo, la totalidad de la zona de distribución de la primera
solicitud presentada”.
Por su parte el artículo 9 establece que el procedimiento de adjudicación de una zona de distribución o gaseoducto de transporte se iniciará con la presentación de la primera solicitud,
según el modelo del Anexo I, por una empresa distribuidora o de transporte del sector, que se
tramitará en concurrencia en los supuestos establecidos en el artículo 8 del presente decreto.
Cuarto. Tras la instrucción del procedimiento, no se han presentado solicitudes en concurrencia con la solicitud presentada por la empresa DICOGEXSA, por lo que en virtud de lo
dispuesto en el artículo 14.5 del Decreto 183/2014, cuando solo se presente una solicitud al
procedimiento no será necesaria su evaluación por la Comisión de Valoración, pudiendo el
órgano instructor elevar a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, la correspondiente Propuesta de Resolución, para que por la misma se dicte la resolución de adjudicación
de zona correspondiente.
Quinto. De la documentación obrante en el expediente GNC 73/1323/25 se desprende:
a) Que iniciado el trámite de información pública de la solicitud de adjudicación de ampliación de zona presentada por la empresa DICOGEXSA, mediante la publicación en
el Diario Oficial de Extremadura número 110, de 10 de junio de 2025, del anuncio
correspondiente, para que las empresas interesadas pudieran presentar solicitudes en
concurrencia y en cuyo texto se incluyó la definición de la ampliación de la zona de
distribución mediante coordenadas geográficas que identifican los vértices de las línea
poligonales en la que se inscribe dicha zona, se constata que no se han presentado otras
solicitudes, por otras empresas distribuidoras, en concurrencia con la zona solicitada.