Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2025062849)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas a las personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 143
Viernes 25 de julio de 2025

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etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la
entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo en cuenta,
etc.). Siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.
— Los pagos de facturas de importe inferior a 1.000,00 euros, podrán realizarse, además
de la manera indicada en el párrafo anterior, a través de pago en metálico, acreditado
mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
— En la documentación justificativa del pago, siempre debe quedar acreditado claramente
el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.
Octavo. De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 168/2024, de 26
de diciembre, estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de las
Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, siempre
que la cuantía de las ayudas públicas no supere aisladamente o en concurrencia con otras, el
coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
La obtención concurrente de ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o
privados, cuando se supere el importe máximo indicado en el apartado anterior, supondrá la
modificación de la resolución de concesión, procediéndose al dictado de una nueva.
En caso de producirse sobrefinanciación por las ayudas o financiación otorgada por otras
entidades se reducirá el importe de la subvención concedida hasta el límite máximo que corresponda.
No obstante lo anterior, dentro del mismo año a que se refiera la respectiva convocatoria, será
incompatible concurrir al procedimiento de concesión de la presente línea de ayudas, cuando
la entidad solicitante tenga contemplada una subvención de forma nominativa en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para ese ejercicio, siempre y
cuando se trate del mismo proyecto.
Noveno. Sin perjuicio de las obligaciones genéricas contempladas en el artículo 13 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las
entidades beneficiarias tendrán que cumplir las siguientes obligaciones establecidas en el artículo 20 del Decreto 168/2024:
a) Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la
Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica en el caso de no haber
dado su consentimiento expreso para la oportuna comprobación de oficio por parte del
órgano gestor.