Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2025062846)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, complementaria de la Resolución de 6 de junio de 2025, por la que se resuelve la concesión de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 3.
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NÚMERO 142
Jueves 24 de julio de 2025
42341
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2025, de la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación, complementaria de la Resolución de 6 de junio de
2025, por la que se resuelve la concesión de las ayudas para la ejecución de
actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y
tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes
al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 3. (2025062846)
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Con fecha de 26 de junio de 2025 se pública en el DOE la Resolución de 6 de junio de
2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se resuelve la
concesión de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de
las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 3, advirtiéndose
una falta de pronunciamiento expreso respecto de solicitudes de ayudas no incluidas ni en su
anexo I, ayudas concedidas, ni en su anexo II, ayudas desestimadas.
En concreto se advierte que, siendo 29 el total de solicitudes presentadas, no figuran expresamente las 20 solicitudes denegadas por falta de crédito.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.
La competencia para dictar la resolución corresponde al Secretario General de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional, según el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de
25 de marzo).
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación mediante Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría
General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE núm.
217, de 7 de noviembre de 2024).
Segundo. La Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño
de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3 (DOE núm. 243, de 17 de diciembre de 2024)
en su Resuelvo Noveno dispone que “La concesión de las ayudas se tramitará en régimen de
Jueves 24 de julio de 2025
42341
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2025, de la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación, complementaria de la Resolución de 6 de junio de
2025, por la que se resuelve la concesión de las ayudas para la ejecución de
actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y
tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes
al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 3. (2025062846)
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Con fecha de 26 de junio de 2025 se pública en el DOE la Resolución de 6 de junio de
2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se resuelve la
concesión de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de
las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 3, advirtiéndose
una falta de pronunciamiento expreso respecto de solicitudes de ayudas no incluidas ni en su
anexo I, ayudas concedidas, ni en su anexo II, ayudas desestimadas.
En concreto se advierte que, siendo 29 el total de solicitudes presentadas, no figuran expresamente las 20 solicitudes denegadas por falta de crédito.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.
La competencia para dictar la resolución corresponde al Secretario General de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional, según el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de
25 de marzo).
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación mediante Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría
General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE núm.
217, de 7 de noviembre de 2024).
Segundo. La Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño
de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3 (DOE núm. 243, de 17 de diciembre de 2024)
en su Resuelvo Noveno dispone que “La concesión de las ayudas se tramitará en régimen de