Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. Subvenciones. (2025062685)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al año 2025.
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NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025
42185
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que
se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes
Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, correspondientes al año 2025. (2025062685)
El artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica
1/1983, de 25 de febrero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye
competencias a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de “Urbanismo y Vi
vienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación y de conservación del
patrimonio urbano tradicional”.
Igualmente se atribuye competencias en materia urbanística a los Municipios según se de
termina en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que,
concretamente en su artículo 25.2.
El urbanismo es, por tanto, un campo en el que concurren competencias asumidas como pro
pias tanto por la Administración Autonómica como por la Municipal.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Adminis
tración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), atribuye
a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda el ejercicio de las competencias en
materia de urbanismo y ordenación del territorio, ejerciendo tales funciones en la materia,
la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, conforme a
lo dispuesto el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. (DOE n.º 3, de 16 de
septiembre).
La ayuda objeto de la presente convocatoria se encuentra regulada mediante Orden de 12 de
marzo de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subven
ciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de
Extremadura n.º 59, de 25 de marzo de 2024.
El artículo 4 de dicha orden dispone que las ayudas previstas se concederán por el procedi
miento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos
22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en adelante LSCAEX.
Miércoles 23 de julio de 2025
42185
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que
se convocan las subvenciones para la redacción y tramitación de Planes
Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, correspondientes al año 2025. (2025062685)
El artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica
1/1983, de 25 de febrero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye
competencias a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de “Urbanismo y Vi
vienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación y de conservación del
patrimonio urbano tradicional”.
Igualmente se atribuye competencias en materia urbanística a los Municipios según se de
termina en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que,
concretamente en su artículo 25.2.
El urbanismo es, por tanto, un campo en el que concurren competencias asumidas como pro
pias tanto por la Administración Autonómica como por la Municipal.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Adminis
tración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), atribuye
a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda el ejercicio de las competencias en
materia de urbanismo y ordenación del territorio, ejerciendo tales funciones en la materia,
la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, conforme a
lo dispuesto el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. (DOE n.º 3, de 16 de
septiembre).
La ayuda objeto de la presente convocatoria se encuentra regulada mediante Orden de 12 de
marzo de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subven
ciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de
Extremadura n.º 59, de 25 de marzo de 2024.
El artículo 4 de dicha orden dispone que las ayudas previstas se concederán por el procedi
miento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos
22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en adelante LSCAEX.