Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Movilidad Sostenible . (2025062835)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de aprobación del Plan Extremeño de Movilidad Sostenible (PEMS) por parte del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, y la información requerida por el artículo 46 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 141
42203
Miércoles 23 de julio de 2025
RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que
se ordena la publicación del Acuerdo de aprobación del Plan Extremeño de
Movilidad Sostenible (PEMS) por parte del Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, y la información requerida
por el artículo 46 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025062835)
Mediante Acuerdo del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de
Extremadura, de 10 de julio de 2025, se aprobó el Plan Extremeño de Movilidad Sostenible
(PEMS).
Teniendo en cuenta que el plan fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica (EAE), procede dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
En consecuencia, se procede a:
1. Dar publicidad al acuerdo de aprobación del PEMS, cuyo texto íntegro se inserta como anexo I de la presente resolución.
El contenido íntegro del Plan puede consultarse en la dirección electrónica
https://www.juntaex.es/w/plan-extremeno-de-movilidad-sostenible
2. El anexo II de la presente resolución contiene un extracto del PEMS sobre los siguientes
aspectos:
a) Integración en el PEMS de los aspectos ambientales.
b) Toma en consideración en el PEMS del estudio ambiental estratégico, de los resultados
de los trámites de información pública y de consultas, incluyendo la declaración ambiental estratégica.
c) Justificación de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las que han
sido consideradas.
3. El anexo III de la presente resolución contiene el apartado de seguimiento ambiental del
Plan, el cual incluye las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio
ambiente de su aplicación.
Mérida, 17 de julio de 2025.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS
42203
Miércoles 23 de julio de 2025
RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que
se ordena la publicación del Acuerdo de aprobación del Plan Extremeño de
Movilidad Sostenible (PEMS) por parte del Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, y la información requerida
por el artículo 46 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025062835)
Mediante Acuerdo del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de
Extremadura, de 10 de julio de 2025, se aprobó el Plan Extremeño de Movilidad Sostenible
(PEMS).
Teniendo en cuenta que el plan fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica (EAE), procede dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
En consecuencia, se procede a:
1. Dar publicidad al acuerdo de aprobación del PEMS, cuyo texto íntegro se inserta como anexo I de la presente resolución.
El contenido íntegro del Plan puede consultarse en la dirección electrónica
https://www.juntaex.es/w/plan-extremeno-de-movilidad-sostenible
2. El anexo II de la presente resolución contiene un extracto del PEMS sobre los siguientes
aspectos:
a) Integración en el PEMS de los aspectos ambientales.
b) Toma en consideración en el PEMS del estudio ambiental estratégico, de los resultados
de los trámites de información pública y de consultas, incluyendo la declaración ambiental estratégica.
c) Justificación de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las que han
sido consideradas.
3. El anexo III de la presente resolución contiene el apartado de seguimiento ambiental del
Plan, el cual incluye las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio
ambiente de su aplicación.
Mérida, 17 de julio de 2025.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS