Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. Ayudas. (2025040096)
Decreto 58/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los recursos cinegéticos, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 141

42024

Miércoles 23 de julio de 2025

1er Criterio. Red Natura
Actuaciones desarrolladas en Red Natura 2000
2º Criterio. Ubicación del coto

Valoración
2
Valoración

Cotos ubicados en comarcas clasificadas según el Plan General de Caza
de Extremadura como VC4

5

Cotos ubicados en comarcas clasificadas según el Plan General de Caza
de Extremadura como VC3

2

3º Criterio. Clasificación del coto

Valoración

Cotos clasificados como abiertos

5

Cotos clasificados como cerrados

2

4º Criterio. Superficie del coto

Valoración

Superficie del coto superior a 1.500 ha.

3

Superficie del coto entre 750 y 1.500 ha.

2

Superficie del coto inferior a 750 ha.

1

4. En caso de empate en la puntuación, el orden de prelación de las solicitudes se realizará
aplicando sucesivamente los siguientes criterios:
a) Actuaciones en beneficio de la caza menor:
1º. Según la clasificación del coto, tiene prioridad el clasificado como de caza menor
sobre el de caza mayor.
2º. Según la clasificación por comarcas del Plan General de Caza de Extremadura se
sigue el siguiente orden de prioridad: VC1, VC2, VC3 y VC4.
3º. Tendrán prioridad los cotos integrados en la Red Natura 2000 sobre los que no lo
están.
4º. Atendiendo a su superficie, tiene prioridad el coto de mayor superficie en número
de hectáreas.
b) Actuaciones en beneficio de la caza mayor:
1º. Según la clasificación del coto, tiene prioridad el coto de caza mayor abierto sobre
el de caza mayor cerrado.