Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062805)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación en Ciclos Formativos de Grado Básico, en modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 140
Martes 22 de julio de 2025

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3. L
 a relación de centros autorizados para impartir estas enseñanzas aparece recogida en el
anexo I. Serán estos los responsables de publicar, en su tablón de anuncios, el número de
puestos escolares para cada uno de ellos.
Quinto. Duración y estructura curricular.
1. L
 a estructura curricular de los mismos, presente en el anexo II, es la establecida en el Real
Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos
por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus
enseñanzas mínimas (BOE núm. 129, de 28 de mayo, de 2024), para cada título autorizado, y concretado en las disposiciones normativas correspondientes de la Dirección General
de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
2. Durante el curso escolar 2025/2026 se impartirán los módulos y ámbitos correspondientes
al primer curso del Ciclo Formativo de Grado Básico en esta modalidad.
3. No obstante lo anterior, para el alumnado matriculado durante el curso 2024/2025 en
Programa Específico de Formación Profesional Básica, que haya adquirido la condición de
alumnado con derecho a permanencia y que promocione a segundo curso o repita en el
mismo, podrá continuar en el correspondiente programa en el curso 2025/2026 en el que
finalizará el periodo de transición establecido.
Sexto. Comisión Provincial de Escolarización.
1. C
 on anterioridad al comienzo del periodo de solicitudes, se constituirá una Comisión Provincial de Escolarización, conforme al artículo 32 de la Orden de 9 de mayo de 2024, por
la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación para cursar Grado D y E de
Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros
sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 93, de 15 de mayo, de 2024). Esta comisión estará integrada por:
a. La persona titular de la Delegación Provincial de Educación o persona en quien delegue,
que actuará como Presidente/a.
b. L
 a persona que ostente la jefatura de servicio de la Unidad de Programas Educativos o
persona en quien delegue.
c. Una persona perteneciente al cuerpo de Inspección de Educación, designada por la Delegación Provincial de Educación.
d. U
 na persona de la Unidad de Programas Educativos con funciones de atención a la diversidad, designada por la Delegación Provincial de Educación.