Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025062813)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvención a la entidad Asociación de Mujeres Malvaluna, en el marco de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 138
Viernes 18 de julio de 2025
41128
Condición Décima. Información y publicidad.
1. L
a entidad beneficiaria deberá adoptar de las medidas de publicidad exigidas en el
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y en el artículo 17.3 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente, deberá especificar que el proyecto se ha financiado con cargo a los créditos
recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto por el Pacto de Estado contra la
violencia de género.
Para ello, se incluirá en todos y cada uno de los medios utilizados para difundir sus proyectos, así como en la documentación elaborada para su desarrollo, la indicación que
éste ha sido financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres),
en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, así como el logotipo de
Pacto de Estado. Se deberá realizar la aportación del material gráfico (folleto, carteles,
tríptico), fotografías de las actividades o material utilizado en la evaluación (cuestionarios, informes de resultado) y otros soportes utilizados.
2. Por su parte, la resolución de concesión de esta subvención se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 y en el artículo
20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la comunidad Autónoma de
Extremadura.
De igual modo, y conforme a lo establecido en el artículo 19.1 de la precitada Ley, se
dará publicidad de las ayudas concedidas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el
Portal de Transparencia, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Condición Undécima. Régimen jurídico aplicable.
El régimen jurídico aplicable será el recogido en el marco de la legislación básica del Estado, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones; así como en la Ley
5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 6/2011, 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 1/2024,
de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2024: la Orden de 27 de Julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las
bases reguladoras que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones para la
Viernes 18 de julio de 2025
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Condición Décima. Información y publicidad.
1. L
a entidad beneficiaria deberá adoptar de las medidas de publicidad exigidas en el
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y en el artículo 17.3 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente, deberá especificar que el proyecto se ha financiado con cargo a los créditos
recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto por el Pacto de Estado contra la
violencia de género.
Para ello, se incluirá en todos y cada uno de los medios utilizados para difundir sus proyectos, así como en la documentación elaborada para su desarrollo, la indicación que
éste ha sido financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres),
en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, así como el logotipo de
Pacto de Estado. Se deberá realizar la aportación del material gráfico (folleto, carteles,
tríptico), fotografías de las actividades o material utilizado en la evaluación (cuestionarios, informes de resultado) y otros soportes utilizados.
2. Por su parte, la resolución de concesión de esta subvención se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 y en el artículo
20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la comunidad Autónoma de
Extremadura.
De igual modo, y conforme a lo establecido en el artículo 19.1 de la precitada Ley, se
dará publicidad de las ayudas concedidas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el
Portal de Transparencia, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Condición Undécima. Régimen jurídico aplicable.
El régimen jurídico aplicable será el recogido en el marco de la legislación básica del Estado, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones; así como en la Ley
5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 6/2011, 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 1/2024,
de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2024: la Orden de 27 de Julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las
bases reguladoras que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones para la