Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2025062772)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025
40989
2. E
star al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. Aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de los diez días hábiles
siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios no manifies
tan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a
ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
4. A
simismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en el
artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
5. Realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el órgano
gestor de la ayuda (contratación de recursos prestados por personas residentes y por em
presas que ejerzan su actividad en el citado territorio) como mínimo del 75 % de la ayuda
concedida.
6. Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio de
la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de tramitar el pago, que se acre
ditará mediante certificado de situación de actividad económica del beneficiario.
7. D
isponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento
de tramitar el pago de la ayuda.
8. Comunicar a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóve
nes y Deportes la obtención de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad en el
momento de su concesión.
Sexto. El pago de las ayudas concedidas se realizará de la siguiente forma:
1. La aportación por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes se efectuará du
rante el año 2025, de la siguiente manera:
a) Con carácter anticipado un primer pago del 50 % del importe total de la subvención con
cedida una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura,
previa presentación de copias de los contratos de:
— Dirección Artística.
— Actores/Actrices y músicos principales.
— Acreditación de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español.
— Acreditación del ejercicio una actividad económica acorde a la naturaleza de la sub
vención en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acredi
tará mediante certificado de situación de actividad económica del beneficiario.
Jueves 17 de julio de 2025
40989
2. E
star al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. Aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de los diez días hábiles
siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios no manifies
tan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a
ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
4. A
simismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en el
artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
5. Realizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el órgano
gestor de la ayuda (contratación de recursos prestados por personas residentes y por em
presas que ejerzan su actividad en el citado territorio) como mínimo del 75 % de la ayuda
concedida.
6. Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio de
la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de tramitar el pago, que se acre
ditará mediante certificado de situación de actividad económica del beneficiario.
7. D
isponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento
de tramitar el pago de la ayuda.
8. Comunicar a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóve
nes y Deportes la obtención de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad en el
momento de su concesión.
Sexto. El pago de las ayudas concedidas se realizará de la siguiente forma:
1. La aportación por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes se efectuará du
rante el año 2025, de la siguiente manera:
a) Con carácter anticipado un primer pago del 50 % del importe total de la subvención con
cedida una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura,
previa presentación de copias de los contratos de:
— Dirección Artística.
— Actores/Actrices y músicos principales.
— Acreditación de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español.
— Acreditación del ejercicio una actividad económica acorde a la naturaleza de la sub
vención en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acredi
tará mediante certificado de situación de actividad económica del beneficiario.