Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Procesos Selectivos. (2025050108)
Orden de 16 de julio de 2025 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del tribunal único, para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025
40848
Contra el acuerdo del tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de esta
prueba, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación para formular alegaciones que estimen oportunas ante el
Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las personas interesadas antes
de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
d) Prueba psicotécnica: Consistirá en un cuestionario tipo test dirigido a determinar: por
un lado, la aptitud psicológica de la persona aspirante y; por otro, la adecuación de la
misma al perfil profesional del puesto de policía local. El Tribunal de Selección deberá
aprobar y hacer públicos, siempre con carácter previo a dicha prueba, tanto el sistema
de desarrollo, como los criterios de evaluación, valoración y superación de la misma.
Contra el Acuerdo del tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de las
calificaciones de esta prueba las personas aspirantes disponen de un plazo de 10 días
hábiles a partir del siguiente al de su publicación, para formular las alegaciones que
estime oportunas ante el Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las
personas interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
e) R
econocimiento médico: Se realizará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas
contenida en el anexo I, con el objeto de garantizar la idoneidad física de la persona
aspirante para el desempeño de la función policial.
El reconocimiento médico se realizará a aquellos aspirantes que, habiendo superado los
cuatro ejercicios anteriores, hubieran obtenido una mayor puntuación en la suma de
todas las pruebas, sin que el número total de dichos reconocimientos pueda exceder del
doble de las plazas convocadas.
Contra el acuerdo del tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de esta
prueba, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del
siguiente al de su publicación para formular alegaciones que estimen oportunas ante el
Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las personas interesadas.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de
oposición que tengan carácter escrito sean corregidos sin que se conozca la identidad de la
persona aspirante.
Los ejercicios, plantillas de respuesta, calificaciones obtenidas serán objeto de publicación en
www.juntaex.es y http://aspex.juntaex.es
7.3. Entre la convocatoria de las pruebas y la celebración de las mismas deberá transcurrir un
plazo mínimo de dos días hábiles.
Jueves 17 de julio de 2025
40848
Contra el acuerdo del tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de esta
prueba, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación para formular alegaciones que estimen oportunas ante el
Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las personas interesadas antes
de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
d) Prueba psicotécnica: Consistirá en un cuestionario tipo test dirigido a determinar: por
un lado, la aptitud psicológica de la persona aspirante y; por otro, la adecuación de la
misma al perfil profesional del puesto de policía local. El Tribunal de Selección deberá
aprobar y hacer públicos, siempre con carácter previo a dicha prueba, tanto el sistema
de desarrollo, como los criterios de evaluación, valoración y superación de la misma.
Contra el Acuerdo del tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de las
calificaciones de esta prueba las personas aspirantes disponen de un plazo de 10 días
hábiles a partir del siguiente al de su publicación, para formular las alegaciones que
estime oportunas ante el Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las
personas interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
e) R
econocimiento médico: Se realizará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas
contenida en el anexo I, con el objeto de garantizar la idoneidad física de la persona
aspirante para el desempeño de la función policial.
El reconocimiento médico se realizará a aquellos aspirantes que, habiendo superado los
cuatro ejercicios anteriores, hubieran obtenido una mayor puntuación en la suma de
todas las pruebas, sin que el número total de dichos reconocimientos pueda exceder del
doble de las plazas convocadas.
Contra el acuerdo del tribunal por el que se aprueba y hace público el resultado de esta
prueba, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del
siguiente al de su publicación para formular alegaciones que estimen oportunas ante el
Tribunal que procederá a su resolución y notificación a las personas interesadas.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de
oposición que tengan carácter escrito sean corregidos sin que se conozca la identidad de la
persona aspirante.
Los ejercicios, plantillas de respuesta, calificaciones obtenidas serán objeto de publicación en
www.juntaex.es y http://aspex.juntaex.es
7.3. Entre la convocatoria de las pruebas y la celebración de las mismas deberá transcurrir un
plazo mínimo de dos días hábiles.