Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Procesos Selectivos. (2025050108)
Orden de 16 de julio de 2025 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del tribunal único, para la provisión de 68 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Jueves 17 de julio de 2025

40847

Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la
relación de las personas aspirantes que han superado el mismo, disponiendo las mismas
de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación para efectuar
reclamaciones ante dicho Tribunal, que procederá a su resolución y notificación a las
personas interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
c) Pruebas físicas: Serán adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar,
tendentes a comprobar las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Consistirán en la superación de las pruebas que se detallan en el anexo II de estas
bases. Las personas aspirantes deberán ir provistas y entregar antes del inicio de las
pruebas físicas, un certificado médico extendido en modelo oficial, expedido con una
antigüedad no superior a tres meses respecto de la fecha de la celebración de las pruebas físicas, que acredite su aptitud física y sanitaria para la realización de las mismas,
tal y como se ha hecho constar en la base segunda, punto 1, apartado f), relativa a los
requisitos de las personas aspirantes.
La no presentación de dicho certificado o la presentación de uno que no reúna los requisitos expresados, supondrá la imposibilidad de realización de la prueba, quedando
desde ese momento, excluida del proceso selectivo.
Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, tendrán derecho a la reserva de
notas obtenidas, en su caso, en la prueba teórica y en la prueba práctica, que hubieran
superado con anterioridad. Todas las demás pruebas que integran el proceso selectivo,
deberá realizarlas una vez superadas las pruebas físicas, ya sea en la misma o siguientes convocatorias, quedando condicionado su ingreso en la ASPEX, a la superación de
las referidas pruebas físicas y a que, de acuerdo con la calificación global obtenida en la
convocatoria en que las supere, obtenga plaza en relación con la calificación del resto
de aspirantes. A tal fin, la aspirante podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el
momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco
pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá
realizarlas en una inmediata segunda convocatoria.
En caso de que la aspirante no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista
para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.
En cualquier caso, la incorporación de la aspirante a la ASPEX se realizará con las personas admitidas en la convocatoria en que supere las pruebas físicas.