Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062764)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,67 ha de olivar, ubicado en el paraje "La Herrería", en el polígono 3, parcela 49, en el término municipal de Valverde de Leganés, promovido por Luis Chaves Borrachero. Expte.: IA23/1281.
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NÚMERO 136
40659
Miércoles 16 de julio de 2025
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 22 de
octubre de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad realiza consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta.
Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas
que han emitido respuesta.
Relación de Consultas
Respuestas recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad.
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Ayuntamiento de Valverde de Leganés
-
Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.
Servicio de Regadíos
-
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana. Servicio de Urbanismo
X
Ecologistas en Acción
-
Adenex
-
AMUS
-
SEO-Bird/Life
-
Asociación Ecologistas Extremadura
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
GREENPEACE
-
El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
1. C
on fecha 25 de marzo de 2025, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa
que, el cauce del arroyo de la Víbora discurre a unos 520 metros al suroeste de la zona
de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a
las zonas de servidumbre y policía.
40659
Miércoles 16 de julio de 2025
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 22 de
octubre de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad realiza consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta.
Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas
que han emitido respuesta.
Relación de Consultas
Respuestas recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad.
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Ayuntamiento de Valverde de Leganés
-
Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.
Servicio de Regadíos
-
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana. Servicio de Urbanismo
X
Ecologistas en Acción
-
Adenex
-
AMUS
-
SEO-Bird/Life
-
Asociación Ecologistas Extremadura
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
GREENPEACE
-
El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
1. C
on fecha 25 de marzo de 2025, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa
que, el cauce del arroyo de la Víbora discurre a unos 520 metros al suroeste de la zona
de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a
las zonas de servidumbre y policía.