Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062697)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para el desarrollo de másteres en "Gestión Pública en las Administraciones Públicas Locales del Siglo XXI" y en "Formación Permanente en Gestión y Administración Local".
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NÚMERO 135
40289
Martes 15 de julio de 2025
CONVENIO ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA, LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
Y LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES DE BADAJOZ Y CÁCERES PARA EL DESARROLLO
DE MÁSTERES EN “GESTIÓN PÚBLICA EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
LOCALES DEL SIGLO XXI” y EN “FORMACIÓN PERMANENTE EN GESTIÓN Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL”.
2 de julio de 2025.
INTERVINIENDO
De una parte, D. David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado mediante
Decreto 84/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en virtud de la
delegación de firma otorgada por Resolución del Consejero de 4 de octubre de 2023 (DOE
núm. 194, de 9 de octubre).
De otra, la Universidad de Extremadura, con sede en Badajoz y en Cáceres, Avda. de Elvas,
s/n y Plaza de Caldereros, s/n, respectivamente, en su nombre y representación, D. Pedro
María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, nombrado
mediante Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, (DOE núm. 9, de 13 de enero), con facultades suficientes para la celebración de este acto.
De otra, Dª. Raquel del Puerto Carrasco, en su condición de Presidenta de la Diputación Provincial de Badajoz, nombrada en sesión extraordinaria celebrada en fecha 7 de junio de 2025
(BOP n.° 109, de 9 de junio 2025), con facultades de intervención en este acto en virtud de
la competencia que le confiere el artículo 34.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local.
Y de otra, D. Miguel Ángel Morales Sánchez, en su condición de Presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres, con nombrado en sesión plenaria celebrada el 1 de julio de 2023 (BOP.
n.º 126, de 5 de julio de 2023), con facultades de intervención en este acto en virtud de la
competencia que le confiere el artículo 34.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen la mutua capacidad legal para
contratar y obligarse en los términos del presente convenio y
MANIFIESTAN
I
La Constitución Española de 1978 consagró en su artículo 27.10 la autonomía de las Universidades y garantizó, con ésta, las libertades de cátedra, de estudio y de investigación, así como
la autonomía de gestión y administración de sus propios recursos.
40289
Martes 15 de julio de 2025
CONVENIO ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA, LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
Y LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES DE BADAJOZ Y CÁCERES PARA EL DESARROLLO
DE MÁSTERES EN “GESTIÓN PÚBLICA EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
LOCALES DEL SIGLO XXI” y EN “FORMACIÓN PERMANENTE EN GESTIÓN Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL”.
2 de julio de 2025.
INTERVINIENDO
De una parte, D. David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado mediante
Decreto 84/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en virtud de la
delegación de firma otorgada por Resolución del Consejero de 4 de octubre de 2023 (DOE
núm. 194, de 9 de octubre).
De otra, la Universidad de Extremadura, con sede en Badajoz y en Cáceres, Avda. de Elvas,
s/n y Plaza de Caldereros, s/n, respectivamente, en su nombre y representación, D. Pedro
María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, nombrado
mediante Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, (DOE núm. 9, de 13 de enero), con facultades suficientes para la celebración de este acto.
De otra, Dª. Raquel del Puerto Carrasco, en su condición de Presidenta de la Diputación Provincial de Badajoz, nombrada en sesión extraordinaria celebrada en fecha 7 de junio de 2025
(BOP n.° 109, de 9 de junio 2025), con facultades de intervención en este acto en virtud de
la competencia que le confiere el artículo 34.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local.
Y de otra, D. Miguel Ángel Morales Sánchez, en su condición de Presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres, con nombrado en sesión plenaria celebrada el 1 de julio de 2023 (BOP.
n.º 126, de 5 de julio de 2023), con facultades de intervención en este acto en virtud de la
competencia que le confiere el artículo 34.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen la mutua capacidad legal para
contratar y obligarse en los términos del presente convenio y
MANIFIESTAN
I
La Constitución Española de 1978 consagró en su artículo 27.10 la autonomía de las Universidades y garantizó, con ésta, las libertades de cátedra, de estudio y de investigación, así como
la autonomía de gestión y administración de sus propios recursos.