Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062696)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y la Fundación Artemisan para el desarrollo del Plan Integral de Recuperación de la Tórtola Europea en Extremadura, la implementación del Precinto Digital de Caza y la realización de acciones de investigación y gestión de la codorniz común en Extremadura.
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NÚMERO 135

40236

Martes 15 de julio de 2025



• Resultados obtenidos para cada actuación.



• Identificación expresa de los gastos asociados a cada actuación ejecutada.

— Documentación justificativa de los gastos, que deberá relacionarse con las actuaciones
ejecutadas y contener, al menos:


• Facturas o documentos contables con valor probatorio equivalente.



• Contratos, nóminas y seguros sociales del personal participante.



• Justificantes de pago de todos los gastos imputados.



• Parte de trabajo o informes técnicos, si el gasto corresponde a servicios profesionales
o técnicos.



• Cuadro resumen de justificación, con esta estructura.

Actuación
Tipo de
(según Anexo I) gasto

N.º factura/documento

Importe (€)

Fecha

Justificante de
pago

— En la última anualidad se sustituirá la memoria parcial por una memoria final consolidada, que incluirá:


• Descripción global de todas las actuaciones realizadas durante la vigencia del convenio.



• Evaluación conjunta del cumplimiento del objeto.



• Valoración de los resultados obtenidos.

El importe de los abonos será por la cantidad certificada por el Director Técnico, nombrado en
virtud de la estipulación cuarta del Convenio, una vez comprobada la ejecución y cumplimiento de las actuaciones, conforme a lo establecido en el Anexo II.
La Junta de Extremadura quedará eximida del abono de cualquier cantidad que no haya sido
debidamente justificada en los términos anteriormente establecidos.
Asimismo, se hace constar que, a efectos del presente convenio, se entiende por “año de
ejecución” el periodo de doce meses contados desde la fecha de inicio de efectos indicada en