Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062716)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de balsas de almacenamiento y evaporación de efluentes líquidos procedentes de almazara, cuya promotora es Sociedad Cooperativa San Benito Abad, en el término municipal de Castañar de Ibor.
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NÚMERO 135
40342
Martes 15 de julio de 2025
Se realiza un repaso de a geología regional de la ubicación de las balsas. Estas están
situadas sobre una formación litológica del Precámbrico Superior que se constituye de
intercalaciones de conglomerados, areniscas y calizas, predominando en toda la serie las
facies bandeadas, caracterizadas por secuencias centimétricas a milimétricas compuestas
por términos arenosos finos de color pardo-grisáceo y limolitas de color verde oscuro. Las
litologías presentan una permeabilidad teórica baja.
No existe ningún acuífero catalogado en el subsuelo de las balsas, pero dichas facies bandeadas poseen porosidad por lo que se puede existir la posibilidad de un micro-acuífero.
De igual manera, se resalta la cercanía a la masa de aguas subterráneas Tiétar (030.022).
Concluye que al tratarse de materiales con baja y/o muy baja permeabilidad unido a la
impermeabilización de las balsas, la accesibilidad de la zona saturada es poco probable,
y por lo tanto afecta a las posibilidades a la infiltración de contaminantes, bajándola de
forma importante.
2. T
ramitación y consultas.
Con fecha 23 de julio de 2018, la sección de autorizaciones ambientales remitió su petición de evaluación ambiental a la sección de Impacto Ambiental de la Dirección General
de Sostenibilidad. La documentación se subsanó en fecha 9 de abril de 2018 para que la
documentación final evaluación sea el proyecto básico, estudio de impacto ambiental simplificado y el estudio hidrogeológico del proyecto, para su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha de 14 de
junio de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla
adjunta. Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
Relación de organismos y entidades consultados
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas (SECONA)
Respuestas recibidas
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT)
Ayuntamientos de Castañar de Ibor
Ecologistas en Acción
X
40342
Martes 15 de julio de 2025
Se realiza un repaso de a geología regional de la ubicación de las balsas. Estas están
situadas sobre una formación litológica del Precámbrico Superior que se constituye de
intercalaciones de conglomerados, areniscas y calizas, predominando en toda la serie las
facies bandeadas, caracterizadas por secuencias centimétricas a milimétricas compuestas
por términos arenosos finos de color pardo-grisáceo y limolitas de color verde oscuro. Las
litologías presentan una permeabilidad teórica baja.
No existe ningún acuífero catalogado en el subsuelo de las balsas, pero dichas facies bandeadas poseen porosidad por lo que se puede existir la posibilidad de un micro-acuífero.
De igual manera, se resalta la cercanía a la masa de aguas subterráneas Tiétar (030.022).
Concluye que al tratarse de materiales con baja y/o muy baja permeabilidad unido a la
impermeabilización de las balsas, la accesibilidad de la zona saturada es poco probable,
y por lo tanto afecta a las posibilidades a la infiltración de contaminantes, bajándola de
forma importante.
2. T
ramitación y consultas.
Con fecha 23 de julio de 2018, la sección de autorizaciones ambientales remitió su petición de evaluación ambiental a la sección de Impacto Ambiental de la Dirección General
de Sostenibilidad. La documentación se subsanó en fecha 9 de abril de 2018 para que la
documentación final evaluación sea el proyecto básico, estudio de impacto ambiental simplificado y el estudio hidrogeológico del proyecto, para su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha de 14 de
junio de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla
adjunta. Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
Relación de organismos y entidades consultados
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas (SECONA)
Respuestas recibidas
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT)
Ayuntamientos de Castañar de Ibor
Ecologistas en Acción
X