Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025062738)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el Programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 134
Lunes 14 de julio de 2025

40061

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que
se aprueba la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar
la realización de acciones formativas incluidas en el Programa de oferta
preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño
Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025062738)
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional lleva a cabo una transformación global del Sistema de Formación Profesional, implantando un nuevo sistema, que integra los dos sistemas anteriores (la formación profesional
del sistema educativo, con sus correspondientes ciclos formativos, y la formación profesional
para el empleo, a través de los certificados de profesionalidad), con la finalidad de establecer
un régimen de formación y acompañamiento profesionales que sea capaz de responder con
flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de
las personas a lo largo de su vida laboral.
El nuevo marco normativo de la Formación Profesional establecido en la Ley Orgánica 3/2022,
de 31 de marzo ha sido completado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se
desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, modificado por Real Decreto
658/2024, de 9 de julio, dando así cobertura reglamentaria a la concreción de la flexibilización
y accesibilidad del citado sistema y posibilitando que las administraciones responsables del
desarrollo y gestión de las políticas en materia de Formación Profesional trabajen conjuntamente, con el fin de garantizar una oferta suficiente y adecuada para las personas trabajadoras, en todos y cada uno de los Grados previstos en dicho sistema.
Sin perjuicio del carácter integrador del nuevo Sistema de Formación Profesional, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo mantiene la vigencia de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre,
por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral,
en todo lo que no se oponga a la citada ley orgánica.
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre fue desarrollada por el Real Decreto 694/2017, de 3
de julio, regulando las iniciativas y programas de formación profesional para el empleo, los
requisitos y límites de las acciones formativas, las personas destinatarias y la forma de acreditación de las competencias adquiridas por las personas trabajadoras.
El citado Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, no agota el desarrollo reglamentario de la Ley
30/2015, de 9 de septiembre, pues para determinados aspectos, como indica su preámbulo,
se considera más adecuada su regulación mediante las correspondientes órdenes ministeriales, a las que se remite para su desarrollo dicha norma.